como indígena es el 41% 2 , lo que resulta relevante ya que, históricamente, en Guatemala ser indígena ha significado cargas valorativas negativas que los han situado en una relación jerárquica de extrema desigualdad3. 19. Si bien la discriminación étnica, y la desigualdad económica y social son conceptos distintos, tales categorías se entrecruzan generando una profundización en la situación de discriminación de los pueblos indígenas en Guatemala. La discriminación es uno de los factores que incrementa la desigualdad social y ahonda las condiciones de pobreza. Más allá del reconocimiento constitucional del principio de igualdad y de avances en algunos aspectos, en Guatemala subsiste una exclusión de hecho de los pueblos indígenas en el acceso y goce efectivo e igualitario en los ámbitos económico y social4. Asimismo, los pueblos indígenas viven una situación de violencia, la cual está estrechamente relacionada con la situación de discriminación y exclusión que viven, y puede observarse en esferas como la participación en la toma de decisiones y en las instituciones del Estado, representación en los medios de comunicación y debate público, entre otras5. 20. En los últimos años los pueblos indígenas han enfrentado altos índices de exclusión social en Guatemala, la cual se manifiesta de diversas formas, tales como falta de acceso a la justicia, barreras lingüísticas, geográficas y culturales para lograr dicho acceso. A manera de ejemplo, la tasa de pobreza extrema es tres veces mayor entre la población indígena con respecto a la no indígena6. Pese a las medidas adoptadas para lograr la aplicación de los Acuerdos de Paz en Guatemala, persisten problemas de implementación relativos a los derechos de los pueblos indígenas cuyo incumplimiento, repercute en muchas áreas, incluida la participación política y el desarrollo integral7. 21. A su vez, en Guatemala persisten problemas estructurales en el sistema de medios de comunicación que impiden a los ciudadanos recibir información de una diversidad de fuentes, lo que agrava la situación de exclusión de los pueblos indígenas en lo relativo al goce de los derechos derivados de la libertad de expresión. En efecto, los altos niveles de concentración en la propiedad y control de la radio y televisión --abierta y por abonados-- en un grupo reducido de empresas de comunicación, es un elemento que se suma a los serios obstáculos para el acceso de los medios comunitarios de los pueblos indígenas al espectro radioeléctrico y a recursos públicos para lograr su sustentabilidad8. 22. En ese sentido, la CIDH y su Relatoría Especial para la Libertad de Expresión han constatado en diversos informes que Guatemala no registra avances en relación con los excesivos niveles de concentración en la propiedad y control de medios audiovisuales, ya que la titularidad de varias frecuencias de radio y el usufructo de los cuatro principales canales privados de VHF que emiten en el país, recaen solo sobre una persona que controla un grupo comunicacional de alcance nacional y regional9. 23. Debido al Acuerdo sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas (AIDPI) firmado en 1995, a través del cual Guatemala se comprometió a otorgar a los pueblos indígenas acceso a la radio como medio de expresión10, los peticionarios y otros actores sociales sumados a la causa presentaron una serie de proyectos CIDH. Informe Situación de los derechos humanos en Guatemala. OEA/Ser.L/V/II. Doc. 43/15, 31 de diciembre de 2015. Párr 64. Disponible en: http://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/Guatemala2016.pdf 3 CIDH. Informe Situación de los derechos humanos en Guatemala. OEA/Ser.L/V/II. Doc. 43/15, 31 de diciembre de 2015. Párr 68. 4 CIDH. Informe Situación de los derechos humanos en Guatemala. OEA/Ser.L/V/II. Doc. 43/15, 31 de diciembre de 2015. Párr 77. 5 CIDH. Informe Situación de los derechos humanos en Guatemala. OEA/Ser.L/V/II. Doc. 208/17, 31 de diciembre de 2017. Párr 377. Disponible en: http://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/Guatemala2017-es.pdf 6 CIDH. Informe Situación de los derechos humanos en Guatemala. OEA/Ser.L/V/II. Doc. 208/17, 31 de diciembre de 2017. Párr 4. 7 CIDH Informe Anual 2018. Capítulo V: Seguimiento de recomendaciones formuladas por la CIDH en sus informes de país o temáticos. OEA/Ser.L/V/II. Doc. 30. 17 de marzo 2019. Párr 112. Disponible en: http://www.oas.org/es/cidh/docs/anual/2018/indice.asp 8 CIDH. Informe Anual 2018. Volumen II: Informe Anual de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión. Capítulo II: Situación de la libertad de expresión. Guatemala. OEA/Ser.L/V/II. Doc. 30. 17 de marzo 2019. Párr 585. Disponible en: http://www.oas.org/es/cidh/expresion/informes/anuales.asp 9 CIDH. Informe Situación de los derechos humanos en Guatemala. OEA/Ser.L/V/II. Doc. 208/17, 31 de diciembre de 2017. Párr 301. Allí se destacó que según lo señalado por la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) en julio de 2015, “[p]robablemente no exista otro caso en el mundo en que una misma persona sea dueña de los cuatro canales privados de VHF existentes”. 10 Acuerdo sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas. 31 de marzo de 1995. México, D.F. El inciso H (2)(b) del capítulo III establece que el Estado guatemalteco debería “[p]romover ante el Congreso de la República las reformas que sean necesarias en la actual ley de radiocomunicaciones con el objetivo de facilitar frecuencias para proyectos indígenas y asegurar la observancia del principio de no [continúa…] 2 4

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