68. Todos estos elementos que permea el Tribunal Interamericano en su Sentencia son de especial relevancia para un grupo social que, por muchos años, no encontró protección en los principales instrumentos internacionales de derechos humanos. Además, no es casualidad que los precedentes sobre personas mayores coincida con derechos de carácter social, toda vez que en muchos de los casos, es este grupo en situación de vulnerabilidad —marcados con frecuencia por la pobreza, marginación y exclusión— quienes se vean negados sus derechos básicos. En este sentido “es necesario avanzar en la senda de la igualdad y en la construcción de Estados de bienestar para toda la población, en los que la protección social sea un derecho efectivo” 107. Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot Juez Pablo Saavedra Alessandri Secretario 107 Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), Panorama Social de América Latina, 2018 LC/PUB.2019/3-P, Santiago, 2019, p. 14. 22

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