febrero de 2005 el testigo propuesto por la defensa, José Rafael García, Presidente de la Asociación de Jubilados y Pensionados de la Asamblea Nacional fue detenido por la supuesta comisión in fraganti de Delitos de Audiencia y Falso Testimonio y trasladado a un centro de detención, a solicitud de la parte acusadora26. 36. El 10 de febrero de 2005, el Juzgado de Juicio emitió la sentencia y condenó al acusado a 2 años y 3 meses de prisión y declaró inadmisibles por extemporáneas las excepciones interpuestas. Ante la decisión, el peticionario intentó una acción de amparo ante la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en la cual solicitó la nulidad absoluta de las audiencias celebradas27. Mediante sentencia del 11 de febrero de 2005, la Sala Segunda de la Corte de Apelaciones declaró inadmisible la acción de amparo constitucional ejercida por considerar que “[d]e la lectura de la acción de amparo interpuesta se desprende que el accionante, puede recurrir a la vía judicial ordinaria, pues según se refiere en su escrito, está en la fase de juicio y sin que se haya dictado sentencia en primera instancia, con lo que puede interponer el recurso ordinario de apelación si sus alegatos no son oídos y es través de la vía recursiva ordinaria, en que deben tramitarse las violaciones señaladas por el accionante”28. Contra esta decisión el peticionario intentó el recurso de apelación ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, quien profirió sentencia el 14 de abril de 2005. Según la sentencia, la integración de la Sala fue reconstituida y se eligió nueva Directiva que declaró inadmisible la apelación ejercida y en consecuencia, confirmó la decisión del fallo de fecha 11 de febrero de 2005 debido a que el peticionario “optó por el ejercicio de medios judiciales ordinarios e idóneos contra las actuaciones presuntamente inconstitucionales […] celebradas por el Juzgado Séptimo de Juicio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas”29. 37. El 28 de febrero de 2005 el Juzgado de Juicio Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas publicó el texto íntegro de la sentencia proferida, mediante la cual decidió: 1) condenar a Tulio Álvarez a dos años y tres meses de prisión por el delito de Difamación Agravada Continuada, de acuerdo con el artículo 444 en relación con el artículo 99 del Código Penal venezolano; 2) condenar al cumplimiento de las penas accesorias a la prisión, la inhabilitación política durante el tiempo de la condena y la sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, y al pago de las costas procesales; 3) mantener la medida de prohibición de salida del país impuesta por el mismo Juzgado el 15 de diciembre de 2004; 4) declarar sin lugar la excepción opuesta por la defensa del señor Tulio Álvarez, referida como “exceptio veritatis”; 5) ordenar la publicación del texto íntegro de la sentencia, por una sola vez, en dos diarios de circulación nacional; 6) declarar inadmisible por extemporáneas las excepciones propuestas por la defensa del peticionario; y 7) declarar inadmisibles las solicitudes de nulidad interpuestas por la defensa del peticionario30. 38. En su fallo el Juzgado estableció que quedó plenamente comprobado que la columna “Asaltada la Caja de Ahorros de la Asamblea Nacional” fue redactada por la presunta víctima y si bien es cierto que el columnista no intervino en el diseño de la publicación, “él mismo suministró la información al precitado Diario, a los fines de su publicación”. Asimismo, dio por probado que antes de iniciar el debate oral en el juicio, la presunta víctima dio entrevistas en programas de televisión de los canales Globovisión y Televen, en las cuales “imputó a […] Willian Lara hechos específicos determinados al afirmar que había 26 Anexo 2. Juzgado de Juicio Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. Sentencia condenatoria en la Causa No.7-246-2004, Pieza IV. 28 de febrero de 2005. Comunicación del peticionario recibida el 7 de septiembre de 2006. 27 Anexo 2. Juzgado de Juicio Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. Sentencia condenatoria en la Causa No.7-246-2004, Pieza IV. 28 de febrero de 2005. Comunicación del peticionario recibida el 7 de septiembre de 2006. 28 Anexo 4. Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Sentencia de acción de amparo N° 05-0361. 14 de abril de 2005. Disponible en: http://www.tsj.gov.ve/decisiones/scon/abril/475-140405-05-0361.htm 29 Anexo 4. Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Sentencia de acción de amparo N° 05-0361. 14 de abril de 2005. Disponible en: http://www.tsj.gov.ve/decisiones/scon/abril/475-140405-05-0361.htm 30 Anexo 2. Juzgado de Juicio Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. Sentencia condenatoria en la Causa No.7-246-2004, Pieza IV. 28 de febrero de 2005. Comunicación del peticionario recibida el 7 de septiembre de 2006. 10

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