26
quemados dentro de las casas antes mencionadas; no enterrándolas, ni
haciendo mucho menos ningún reconocimiento judicial (…) Actualmente, la
declarante no recuerda los nombres de todos los masacrados; que según era
la tribulación en que se encontraba, no puede reconocer a ningún soldado de
los que asesinaron o realizaron dicho genocidio. Pero sabe que el coronel que
dio la orden para esa masacre fue el Coronel Domingo Monterrosa53.
70.
Además de Rufina Amaya, sobrevivientes de las masacres subsiguientes que
se narran infra, indicaron haber acudido a El Mozote después de la masacre en busca de
familiares que vivían allí, encontrándose con cadáveres y casas quemadas54. Así por
ejemplo, refiriéndose a El Mozote, la señora Rosa Ramírez Hernández, indicó que “fue a ver
al lugar de los hechos, y vio restos de niños, personas adultas, quemadas; que los muertos
eran bastantes (…)”55. En similar sentido, la señora María Teófila Pereira indicó que no
presenció la muerte, pero sí vio los cadáveres tendidos en el suelo en El Mozote56. Por su
parte, el señor Anastasio Pereira Vigil señaló que escuchó por la “voz pública” los asesinatos
en El Mozote, por lo que fue a visitar a su hermana, encontrando en su casa el cadáver de
los miembros de la familia57. Agregó que “además de los cadáveres de sus familiares, en la
iglesia (…) se veían cuerpos de personas tentidas (sic), pero no puede decir cuantas porque
el no se acercó a dicha iglesia, ya que el (sic) olor no se soportaba”58. Los señores Juan
Bautista Márquez y Raquel Romero Claros también mencionaron que a varios de sus
familiares les dieron muerte en el caserío El Mozote59.
71.
Por su parte, los trabajos de exhumación realizados hasta la fecha indican
elementos consistentes con estas descripciones. Así por ejemplo, en el contexto de las
exhumaciones correspondientes a 1992, el experto del Equipo Argentino de Antropología
Forense, Luís Fondebrider, indicó que “lo que estamos encontrando es que más del 90% de
los restos pertenecen a niños menores de 13 años (…) algunos tienen orificios de bala (…)
muchos tienen fracturas de cráneo, en muchos casos los huesos están más descompuestos
porque no estaban completamente formados, eran de niños”60.
53
Declaración de Rufina Amaya Vda. de Márquez ante la Oficina de Tutela Legal del Arzobispado de 10
de octubre de 1990. (Anexo a la petición inicial de 30 de octubre de 1990). La declaración de la señora Rufina
Amaya también fue referida en un reporte del Instituto de Derechos Humanos de la Universidad Centroamericana
José Simeón Cañas (IDHUCA). Ver: Reporte del IDHUCA. Consideraciones sobre la impunidad a propósito de la
masacre del El Mozote. Número 451 de 7 de noviembre de 1990.
Respecto de otros posibles testigos de la masacre, Rufina Amaya indicó: “La declarante recuerda que un
niño salió corriendo por los montes, y huyó y es de nombre CHEPITO MARQUEZ, hijo de la señora MARCELINA
MARQUEZ y GERTRUDIS GUEVARA, y si vive es el otro testigo de dicha masacre”.
54
Declaración de Juan Bautista Márquez ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia de San Francisco
Gotera. 30 de octubre de 1990. Expediente judicial. (Anexo 2 al escrito de los peticionarios de 7 de julio de 2006).
55
Declaración de Rosa Ramírez Hernández ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia de San
Francisco Gotera. 30 de enero de 1991. Expediente judicial. (Anexo 2 al escrito de los peticionarios de 7 de julio de
2006).
56
Declaración de María Teofila Pereira ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia de San Francisco
Gotera. 18 de febrero de 1991. Expediente judicial. (Anexo 2 al escrito de los peticionarios de 7 de julio de 2006).
57
Declaración de Anastacio Pereira Vigil. 2 de junio de 1992. Expediente judicial. (Anexo 2 al escrito de
los peticionarios de 7 de julio de 2006).
58
Declaración de Anastacio Pereira Vigil. 2 de junio de 1992. Expediente judicial. (Anexo 2 al escrito de
los peticionarios de 7 de julio de 2006).
59
Declaración de Juan Bautista Márquez ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia de San Francisco
Gotera. 11 de marzo de 1990. Expediente judicial. (Anexo 2 al escrito de los peticionarios de 7 de julio de 2006); y
Declaración de Raquel Romero Claros Viuda de Claros. 2 de junio de 1992. Expediente judicial. (Anexo 2 al escrito
de los peticionarios de 7 de julio de 2006).
60
Nota de prensa de 22 de octubre de 1992. “Restos mortales verifican la muerte de niños salvadoreños:
batallón militar acusado en la masacre de 1981”.