cual debería continuar informando cada tres meses sobre las medidas provisionales adoptadas. B) Implementación de las medidas respecto de 9 mujeres víctimas del caso de los Miembros de la Aldea Chichupac y Comunidades vecinas del municipio del Rabinal 5. El Estado informó que “en cumplimiento de los puntos resolutivos 1 y 3 de la […] [r]esolución [de la Corte,] [procedió] a efectuar las coordinaciones necesarias a efecto de cumplir con lo ordenado […] para adoptar las medidas de protección que sean necesarias para garantizar la vida e integridad personal de las nueve víctimas”. Posteriormente, en su informe de 11 de julio de 2019 indicó que “el 8 de mayo del 2019, por instrucciones del […] Subdirector General de Operaciones de la Policía Nacional Civil, se procedió a realizar el análisis de riesgo a [8 beneficiarias], concluyéndose que “[éstas] se encuentran en un nivel de riesgo [medio]” y recomendó “brindar un esquema de seguridad a las 9 beneficiarias, consistentes en [seguridad perimetral] de las residencias de las mismas” 10. Por su parte, la representante confirmó la realización del referido análisis de riesgo a 8 beneficiarias11. 6. La Corte valora positivamente las acciones emprendidas por el Estado de Guatemala en el marco de las presentes medidas provisionales para asegurar y salvaguardar la vida e integridad personal de las 9 beneficiarias. Particularmente, el Tribunal destaca la realización del análisis de riesgo y que se haya recomendado que se brinde un esquema de seguridad favor de las 9 beneficiarias. 7. No obstante, pese a éstas acciones que ha informado el Estado, en sus observaciones de 26 de agosto de 2019, la representante expresó que ���algunas […] beneficiarias de las medidas provisionales [tienen conocimiento] que algunas veces la policía ha llegado solamente hasta la clínica de la Aldea Chichupac, del municipio del Rabinal[, …] en horas del día y escasas veces por las noches, pero no han llegado […] a las viviendas de las señoras[…]; [t]ampoco han otorgado seguridad de las 11 de la noche hasta horas de la madrugada, como ellas lo solicitaron” y que “en las Aldeas Chichupac y Tablón del municipio de Rabinal, las señoras escuchan personas caminando en horas de la noche, el ladrido de los perros y a veces escuchan disparos de arma de fuego, etc”. Además, informó que una persona víctima de la Aldea Chichupac habría recibido “amenazas de muerte, […] por parte de los familiares de uno de los procesados dentro de la causa penal relacionada [y que] por temor no han denunciado los hechos”. La representante también sostuvo las razones por las que considera que la seguridad perimetral “sigue siendo una necesidad”. El Estado indicó que se “instruy[ó] al Jefe de la Comisaria 52 de [B]aja Verapaz para que le brinde las medidas de seguridad perimetrales respectivas a las residencias de las beneficiarias”. Además agregó que “se proporcionaron [a los agentes de la Comisaria de Baja Verapaz] únicamente las direcciones residenciales y los números telefónicos de las beneficiarias de las medidas de seguridad perimetral, con el objeto de proteger su identidad y no dar a conocer los nombres de las personas a quienes se les brindan dichas medidas” y “ se proporcionó un número telefónico a […] M.R. , a fin de que a través de ella pueda socializarse dicho número a las personas beneficiarias, para que por medio de la Subestación Policial del lugar se les brinde apoyo inmediato en materia de seguridad y/o cualquier coordinación necesaria”. Finalmente precisó que las referidas medidas “deberán ser adoptadas por un periodo de 6 meses, transcurrido dicho tiempo, previo análisis de riesgo, se determinará la continuidad, modificación o lo que estime pertinente en relación a dichas medidas”. Cfr. Informe estatal de 11 de julio de 2019. 11 En sus observaciones de 15 de mayo de 2019, la representante indicó que “[e]l 8 de mayo […], [tres] agentes de la Policía Nacional Civil se reunieron con 8 personas beneficiarias de las [m]edidas [p]rovisionales de la aldea Chichupac y [c]omunidades vecinas del Rabinal con el objetivo de realizar el análisis de riesgo”. Cfr. Escrito de observaciones de 15 de mayo de 2019 de la representante de las víctimas del caso Miembros de la Aldea Chichupac y comunidades vecinas del Municipio del Rabinal. 10 5

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