2
1.
[E]l Estado ha dado cumplimiento en forma total a los puntos resolutivos de la Sentencia que
establecen que el Estado debe:
a) publicar en el Diario Oficial y en otro diario de amplia circulación nacional, por una sola
vez, los párrafos 77 a 133 de la presente Sentencia, sin las notas al pie de página, y la
parte resolutiva de la misma, en el plazo de seis meses contado a partir de su notificación
(punto resolutivo séptimo de la Sentencia).
b) pagar al señor Jorge Castañeda Gutman el monto fijado en el párrafo 244 de la Sentencia,
por reintegro de costas y gastos, dentro del plazo de seis meses contado a partir de su
notificación (punto resolutivo octavo de la Sentencia).
2.
[M]antendr[ía] abierto el procedimiento de supervisión de cumplimiento del punto resolutivo
sexto de la Sentencia, el cual establece que el Estado debe, en un plazo razonable, completar la
adecuación de su derecho interno a la Convención, de tal forma que ajuste la legislación
secundaria y las normas que reglamentan el juicio de protección de los derechos del ciudadano
de acuerdo con lo previsto en la reforma constitucional de 13 de noviembre de 2007, de
manera que mediante dicho recurso se garantice a los ciudadanos de forma efectiva el
cuestionamiento de la constitucionalidad de la regulación legal del derecho a ser elegido, en los
términos de los párrafos 227 a 231 de la Sentencia […].
6.
Los escritos de 7 de septiembre de 2009, 1 de marzo y 13 de julio de 2010, y 29 de
agosto de 2011, mediante los cuales el Estado informó sobre las medidas adoptadas en
relación con el punto pendiente de cumplimiento.
7.
Los escritos de 8 de octubre de 2009, de 17 de marzo y 10 de agosto de 2010, y de 15
de septiembre y 14 de noviembre de 2011 y sus respectivos anexos, mediante los cuales los
representantes presentaron sus observaciones a los informes del Estado.
8.
Los escritos de 30 de noviembre de 2009, de 7 de mayo y 1 de septiembre de 2010, y
de 5 de octubre de 2011 y sus respectivos anexos, mediante los cuales la Comisión remitió
sus observaciones a los informes del Estado y a la información presentada por los
representantes.
9.
La Resolución del Presidente de la Corte de 18 de enero del 2012, mediante la cual
resolvió convocar a las partes y a la Comisión a una audiencia privada para la supervisión del
cumplimiento de la Sentencia.
10. Los alegatos de las partes y de la Comisión en la audiencia privada sobre el
cumplimiento del punto pendiente de acatamiento de la Sentencia celebrada el 20 de febrero
de 2012 en la sede del Tribunal1.
11. Los escritos de 2 de abril y 12 de septiembre de 2012, así como de 18 de febrero de
2013 y sus anexos, mediante los cuales el Estado informó sobre las medidas adoptadas en
relación con el punto pendiente de cumplimiento.
1
A dicha audiencia comparecieron: por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos: Karla Quintana
Osuna, asesora; por la Representación de la víctima Jorge Castañeda Gutman, Gonzalo Aguilar Zinser, Fabián
Aguinaco Bravo, Santiago Corcuera Cabezut, Pedro Saez Pueyo y Manuel Rodríguez Woog, y por el Estado Joel
Hernández García, representante permanente de México ante la OEA; Alejandro Alday González, Director General
Adjunto de Casos, Democracia y Derecho Humanos de la Secretaría de Relaciones de Relaciones Exteriores; Juan José
Cespedes Hernández, Director General Adjunto de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal; José Luis Ceballos
Daza, Secretario de Estudio y Cuenta adscrito a la ponencia del Magistrado Constancio Carrasco Daza del Tribunal
Electoral del Poder judicial de la Federación; Sergio Arturo Guerrero Olvera, Coordinador de Jurisprudencia,
Seguimiento y Consulta del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; María Eugenia Tapia Benavides,
encargada de negocios a.i., Embajada de México en Costa Rica; Rafael Barceló Durazo, Encargado de Asuntos
Políticos y Derechos Humanos, Embajada de México en Costa Rica; Rafael Elizondo Gasperín, Subsecretario General
de Acuerdos de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, y Citlalli Jesica Villanueva
Amador, Asesora en la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Gobernación.