RESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS DE 29 DE AGOSTO DE 2017 CASO DEFENSOR DE DERECHOS HUMANOS Y OTROS VS. GUATEMALA SUPERVISIÓN DE CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA VISTO: 1. La Sentencia de excepciones preliminares, fondo, reparaciones y costas (en adelante “la Sentencia”) dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la 1 Corte”, “la Corte Interamericana” o “el Tribunal”) el 28 de agosto de 2014 . La Corte declaró responsable internacionalmente a la República de Guatemala (en adelante “el Estado” o “Guatemala”) por el incumplimiento del deber de garantizar la integridad personal de la defensora de derechos humanos B.A.2 y su familia, dado que que el Estado tenía conocimiento de las amenazas que sufrían y no actuó para protegerles de la situación de riesgo en la que se encontraban. La Corte determinó que Guatemala incumplió el deber de garantizar el derecho de circulación y residencia de los miembros de la familia A, entre ellos tres niños, así como los derechos políticos de la señora B.A., quien se vio forzada a desplazarse y dejar sus cargos como Secretaria del Consejo Comunitario de Desarrollo de la Aldea Cruce de la Esperanza y Oficial de Organización Social de la Municipalidad de Santa Lucía Cotzumalguapa. Asimismo, el Estado violó los derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial de las víctimas por la falta de una investigación diligente, seria y efectiva de la muerte del defensor de derechos humanos A.A., padre de la señora B.A., y de las amenazas recibidas por la familia A. La Corte estableció que su Sentencia constituye por sí misma una forma de reparación y, además, ordenó al Estado determinadas medidas de reparación (infra Considerando 1). 2. Las tres Resoluciones de supervisión de cumplimiento de sentencias emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos entre septiembre de 2015 y noviembre de 20163. 3. El informe presentado por el Estado el 6 de julio de 2017. 4. Los escritos de observaciones presentados por la representante de las víctimas4 (en adelante “la representante”) el 9 de marzo y el 23 de mayo de 2017. 1 Cfr. Caso Defensor de Derechos Humanos y otros Vs. Guatemala. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 28 de agosto de 2014. Serie C No. 283. El texto íntegro de la Sentencia se encuentra disponible en: http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_283_esp.pdf. La Sentencia fue notificada al Estado el 28 de octubre de 2014. 2 En la Sentencia, la Corte Interamericana ordenó la reserva de los nombres de las víctimas, a solicitud de éstas. 3 Cfr. Caso Defensor de Derechos Humanos y otros Vs. Guatemala. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 2 de septiembre de 2015, disponible en http://www.corteidh.or.cr/docs/supervisiones/defensor_02_09_15.pdf. Cfr. Caso Defensor de Derechos Humanos y otros Vs. Guatemala. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 23 de febrero de 2016, disponible en http://www.corteidh.or.cr/docs/supervisiones/defensor_23_02_16.pdf. Cfr. Caso Defensor de Derechos Humanos y otros Vs. Guatemala. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 22 de noviembre de 2016, disponible en http://www.corteidh.or.cr/docs/supervisiones/defensor_22_11_2016.pdf.

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