-30respecto, también informaron sobre la existencia de amenazas telefónicas a tres
beneficiarios de indemnizaciones. La Comisión compartió la preocupación de los
representantes, considerando que pueden colocar a los familiares de las víctimas en
una situación de riesgo debido a los altos índices de inseguridad, violencia y
delincuencia en las zonas en las que algunos de ellos habitan.
79.
Que en cuanto a lo expresado por los representantes, el Estado informó que se
habían enviado cartas oficiales y personales a un número de beneficiarios y se había
“guardado la prudencia de no mencionar nombres propios”, precisamente para no
ponerlos en riesgo. Asimismo, el Estado manifestó que le parecía extraño que las
víctimas no le hubiesen manifestado que estaban siendo objeto de presiones. Además,
el Estado mencionó que las denuncias en torno a las amenazas que habrían recibido
algunos beneficiarios de indemnizaciones no habían sido presentadas y que se había
solicitado a los representantes que pusieran los hechos alegados en conocimiento de
las autoridades competentes.
80.
Que la Corte concuerda con el hecho de que los requerimientos públicos a
través de medios de prensa, para que los beneficiarios de las reparaciones se
apersonen para hacer efectivo el pago, pueden generar una situación de riesgo para
ellos. En esa medida, se insta al Estado a que, en caso de ser aún necesarias, realice
las gestiones correspondientes para ubicar a los beneficiarios o, en su caso, a sus
representantes, y les notifique directamente lo pertinente, a efectos de finalizar los
pagos correspondientes. El Tribunal queda a la espera de información acerca de las
gestiones y resultados alcanzados en este sentido.
f)
Costas y gastos
81.
Que en cuanto al deber de pagar las cantidades fijadas por concepto de costas y
gastos, durante la audiencia el Estado indicó que el Ministerio del Interior y Justicia
adelantó acciones de carácter administrativo para la realización del pago de costas y
gastos. Por su parte, los representantes no hicieron alusión alguna a este punto
resolutivo en sus observaciones y la Comisión manifestó que este punto seguiría
pendiente de cumplimiento.
82.
Que ante la falta de claridad acerca del cumplimiento de este punto, es
necesario que el Estado y los representantes presenten información actualizada al
respecto.
*
*
*
83.
Que al supervisar el cumplimiento de los puntos pendientes en este caso, la
Corte valora la alta utilidad de la audiencia celebrada al efecto, la cual ha quedado
plasmada en la buena voluntad y espíritu de cooperación mostrado por las partes. En
particular, el Tribunal aprecia que el Estado, la Comisión y los representantes hayan
efectuado reuniones que demuestran el propósito y compromiso común de buscar que
aquellos puntos pendientes sean acatados.
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