-521. La Resolución dictada por la Presidenta el 26 de noviembre de 2008, mediante la cual, convocó a la Comisión Interamericana, al Estado y a los representantes a una audiencia privada en la sede de la Corte el día 20 de enero de 2009, con el propósito de que el Tribunal obtuviera información por parte del Estado sobre el cumplimiento de la Sentencia y escuchara las observaciones de la Comisión y de los representantes al respecto. 22. La audiencia privada sobre supervisión de cumplimiento de Sentencia celebrada el 20 de enero de 2009 durante el LXXXII Período Ordinario de Sesiones del Tribunal en su sede2, así como los documentos presentados por el Estado durante la audiencia3. 23. Las notas de la Secretaría de 30 de enero de 2009, mediante las cuales se reiteraron al Estado los requerimientos realizados por los señores Jueces al final de la audiencia. Se señaló que el Estado contaría con un plazo de treinta días para presentar el informe escrito en que debía referirse, en particular aunque no únicamente, a lo siguiente: a) al tema de la verificación que se hace previa al pago de lo ordenado en la Sentencia en cuanto a que el beneficiario no tenga deudas impositivas pendientes; b) el uso de una tasa de cambio diferente a la ordenada en la Sentencia para la realización de los pagos; c) los anuncios hechos en la radio para los pagos; d) el pago de las reparaciones pecuniarias directamente a los beneficiarios y no a través de los representantes, y e) la investigación y búsqueda de los restos mortales de las víctimas. Se indicó que los representantes y la Comisión contarían con un plazo de quince días para presentar las observaciones que consideraran pertinentes a dicho informe estatal. 24. El escrito de 23 de febrero de 2009, mediante el cual el Estado presentó el informe requerido durante la audiencia (supra Visto 23) y el escrito de 2 de abril de 2009, mediante el cual el Estado informó acerca del cumplimiento del punto resolutivo decimotercero de la Sentencia. 25. El escrito de 17 de abril de 2009, mediante el cual los representantes presentaron sus observaciones a los informes estatales recibidos el 23 de febrero y el 2 de abril de 2009. 2 En esta audiencia comparecieron, por el Estado, Carlos Franco, Director del Programa Presidencial de Derechos Humanos, Luz Marina Gil, Directora Ejecutiva de la Justicia Penal Militar, Ministerio de Defensa Nacional, Ángela Margarita Rey, Directora de Derechos Humanos y DIH, Ministerio de Relaciones Exteriores, Fernando Arévalo, Director de Defensa Judicial de la Nación, Ministerio del Interior y Justicia, Francisco Javier Echeverri Lara, Director de Asuntos Internacionales de la Fiscalía General de la Nación, Sandra Janeth Castro Ospina, Coordinadora de la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación, Coronel Juan Carlos Gómez, Director de Derechos Humanos, Ministerio de Defensa Nacional, Coronel Efraín Oswaldo Aragón, Coordinador de Derechos Humanos, Policía Nacional, Gloria Beatriz Gaviria, Coordinadora de Derechos Humanos, Ministerio de la Protección Social, Juana Acosta López, Coordinadora del Grupo Operativo Interinstitucional del Ministerio de Relaciones Exteriores, Miguel Soto, Coordinador del Área de Información y Medidas Cautelares y Provisionales, Ministerio de Relaciones Exteriores, Santiago Arteaga, Fiscal de la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación, Generoso Hutchinson, Fiscal de la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación, Capitán de Corbeta Enoc Salcedo, Asesor de la Dirección de Derechos Humanos, Ministerio de Defensa Nacional, Natalia Salamanca, Asesora de la Dirección de Derechos Humanos, Ministerio de Relaciones Exteriores, Diana Bravo R., Asesora de la Dirección de Derechos Humanos, Ministerio de Relaciones Exteriores, y General Jorge Rodríguez, Jefe de la Oficina de Defensa Institucional Conjunta del Comando General de las Fuerzas Militares; por la Comisión Interamericana, Elizabeth Abi-Mershed, Secretaria Ejecutiva Adjunta y Juan Pablo Albán Alencastro y Lilly Ching Soto, asesores; por los representantes, Luz Marina Monzón, Gustavo Gallon Giraldo, Jahel Quiroga Carrillo y María Victoria Fallón, de la Comisión Colombiana de Juristas (CCJ), y Michael Camilleri y Francisco Quintana, del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL). 3 Nota de prensa titulada “Cumplimiento de Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos “Masacre de Pueblo Bello” de 31 de enero de 2005.

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