21 1. De conformidad con lo señalado en los vistos 2 y 6 y el considerando 4 de esta Resolución, el Estado no ha cumplido su obligación de informar a esta Corte sobre las medidas adoptadas para el cumplimiento de los puntos resolutivos de la Sentencia de excepción preliminar, fondo, reparaciones y costas emitida el 5 de agosto de 2008. 2. El Estado ha incurrido en un incumplimiento sustancial a lo ordenado en la Sentencia de excepción preliminar, fondo, reparaciones y costas de 5 de agosto de 2008, a saber: a) realizar los pagos de las cantidades establecidas en la […] Sentencia por concepto de daño material, inmaterial y reintegro de costas y gastos (punto resolutivo decimosexto de la Sentencia); b) reintegrar al Poder Judicial a los señores Juan Carlos Apitz Barbera y Perkins Rocha Contreras y a la señora Ana María Ruggeri Cova, si éstos así lo desean, en un cargo que tenga las remuneraciones, beneficios sociales y rango equiparables a los que les correspondería el día hoy si no hubieran sido destituidos (punto resolutivo decimoséptimo de la Sentencia); c) realizar las publicaciones señaladas en [la] Sentencia (punto resolutivo decimoctavo de la Sentencia), y d) adoptar dentro del plazo de un año a partir de la notificación de la […] Sentencia las medidas necesarias para la aprobación del Código de Ética del Juez y la Jueza Venezolanos, de conformidad con lo expuesto en [la] Sentencia (punto resolutivo decimonoveno de la Sentencia). Y RESUELVE: 1. Incorporar en el próximo Informe Anual de la Corte Interamericana de Derechos Humanos lo decidido en la presente Resolución con el fin de informar a la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos, en aplicación del artículo 65 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, sobre el incumplimiento por parte del Estado de Venezuela de su deber de: i) realizar los pagos de las cantidades establecidas en la […] Sentencia por concepto de daño material, inmaterial y reintegro de costas y gastos; ii) reintegrar al Poder Judicial a los señores Juan Carlos Apitz Barbera y Perkins Rocha Contreras y a la señora Ana María Ruggeri Cova, si éstos así lo desean, en un cargo que tenga las remuneraciones, beneficios sociales y rango equiparables a los que les correspondería el día hoy si no hubieran sido destituidos; iii) realizar las publicaciones señaladas en la Sentencia, y iv) adoptar dentro del plazo de un año a partir de la notificación de la Sentencia las medidas necesarias para la aprobación del Código de Ética del Juez y la Jueza Venezolanos, en los términos de la Sentencia de este Tribunal de 5 de agosto de 2008. 2. Solicitar a la Secretaría de la Corte que notifique la presente Resolución al Estado, a la Comisión Interamericana y al representante de las víctimas, una vez dicha Resolución sea incorporada en el Informe Anual de la Corte Interamericana.

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