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menor de tres
propiedad en
Agrario en el
efectivamente
años indicado en el Artículo 15 reformado de esta Ley, recibirán los títulos de
dominio pleno completamente gratis, extendidos por el Instituto Nacional
plazo estipulado en el Artículo 15 referido” y la Ley de Reforma Agraria
se reformó en tal sentido142.
109. Además, la Ley de Propiedad, aprobada por Decreto N° 82-2004 del 28 de mayo de
2004 establece en su artículo 93 que “[e]l Estado, por la importancia especial que para las
culturas y valores espirituales reviste su relación con las tierras, reconoce el derecho que los
pueblos indígenas y afrohondureños tienen sobre las tierras que tradicionalmente poseen y
que la ley no prohíbe”. Por otra parte, el artículo 94 de la misma Ley indica que “los
derechos de propiedad sobre las tierras de estos pueblos se titularán a su favor en forma
colectiva. Los miembros de las comunidades tienen derecho de tenencia usufructo de
acuerdo a las formas tradicionales de tenencia de la propiedad comunal”143.
B.2. Consideraciones sobre el territorio tradicional de la Comunidad
110. Según fuera señalado en el capítulo sobre Hechos, consta que: a) en 1946 la
Comunidad Triunfo de la Cruz solicitó el otorgamiento de un título ejidal sobre el terreno
que ocupaba, y en 1950 se aprobó tal solicitud sobre un territorio que comprende una
extensión de aproximadamente 380 hectáreas, en calidad de ejido; b) en 1969, la
Comunidad presentó ante el INA una solicitud de creación de un “centro de población
agrícola” sobre un área de aproximadamente doscientas manzanas al Este del territorio
otorgado en calidad de ejido; c) la Comunidad presentó una solicitud ante el INA que dio
lugar a que en 1979 se les extendiera un título en “garantía de ocupación” sobre 126.40
hectáreas, ubicadas al extremo Este de las tierras previamente dadas en calidad de ejido;
d) en 1993 fue extendido a la Comunidad un “título definitivo de propiedad en dominio
pleno” sobre las aproximadamente 380 hectáreas otorgadas como ejido en 1950; e) en
1997 la Comunidad presentó ante el INA una solicitud con el fin de obtener un título de
dominio pleno sobre aproximadamente 600 hectáreas, f) en 1998 la Comunidad presentó
una solicitud de dominio pleno sobre un terreno de 126.40 hectáreas que ya poseían en
garantía de ocupación, g) en 2001 el INA otorgó un título definitivo de dominio pleno sobre
aproximadamente 234 hectáreas, divididas en tres áreas (denominados Lotes A2, A3, y A4
en un mapa realizado por el INA)144 (supra párr. 70), y h) con antelación a que se otorgue
en el año 2001 las titulaciones sobre las referidas áreas A2, A3 y A4, surge en la prueba que
en enero de ese año la Comunidad Garífuna Triunfo de la Cruz solicitó una ampliación del
título de dominio pleno que le había sido conferido en el año 1993, sin que se conozca
exactamente la extensión que corresponde a dicha solicitud (supra párr. 71). Por tanto, la
Comunidad presentó a nivel interno, desde 1946, distintas solicitudes para la adjudicación
de tierras, que en su totalidad suman aproximadamente unas 980 hectáreas, de las cuales
se les confirió aproximadamente 614 hectáreas en “dominio pleno” y 126 hectáreas en
“garantía de ocupación”.
111. Sin embargo, y sin perjuicio de lo anterior, el Tribunal constata que los
representantes y la Comisión indicaron que el territorio tradicional de la Comunidad tendría
una extensión de 2840 hectáreas. Consta que esa evaluación se hace con base en un
142
Ley para la Modernización y el Desarrollo del Sector Agricola, Congreso Nacional, Decreto No. 31-92, de 5
de marzo de 1992, La Gaceta No. 26713 de 6 de abril de 1992, artículo 65; Ley de Reforma Agraria, El Jefe de
Estado en Consejo de Ministros, Decreto-Ley No. 170, de 30 de diciembre de 1974, La Gaceta No. 21482 de 8 de
enero de 1975, artículo 92.
143
144
Ley de Propiedad, Congreso Nacional, Decreto No. 82-2004, de 28 de mayo de 2004, artículos 93 y 94.
Cfr. Instituto Nacional Agrario, Memorandum, de 5 de julio de 2001 (expediente de prueba, folios 1938 y
1941), se refiere a que los Lotes A3 y A4 están ubicados dentro del parque nacional Punta Izopo, solicitados por la
Comunidad en ampliación.
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