24 como la conveniencia de fortalecerlas y consolidarlas” y “coincid[ieron] en que todos los actos que puedan afectar las garantías de aquellos individuos o entidades que trabajan en la promoción y tutela de los derechos humanos, son condenables”. El Estado se comprometió a tomar “medidas especiales de protección, en beneficio de aquellas personas o entidades que trabajan en el campo de los derechos humanos. Asimismo, [se comprometió a] investiga[r] oportuna y exhaustivamente las denuncias que se le present[aran], relativas a actos o amenazas que los pudieren afectar”, y reiteró “el compromiso de garantizar y proteger en forma eficaz la labor de los individuos y entidades defensoras de los derechos humanos” 69. 76. No obstante, en años posteriores volvieron a producirse numerosos actos de hostigamiento y agresión en contra de defensoras y defensores de derechos humanos, como lo constataron numerosos informes de diversas fuentes: a) La Comisión Interamericana de Derechos Humanos señaló en 2001 que si bien las agresiones en contra de defensoras y defensores de derechos humanos disminuyeron sustancialmente en el período previo a la firma de la paz, empezaron a incrementarse de nuevo al año siguiente de su firma, aumentando sostenidamente desde ese entonces 70. Y en 2003, la Comisión constató “un progresivo deterioro en la situación de los activistas de derechos humanos en Guatemala, [... así como] un aumento significativo de ataques, que directa o indirectamente, imp[edían] o dificulta[ban] las tareas de los defensores de derechos humanos”. Los principales blancos de esos ataques eran, por un lado, quienes realizaban investigaciones relacionadas con las violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado (comprendiendo a las propias víctimas, testigos, abogados, activistas de derechos humanos y expertos forenses), y por otro, quienes participaban en la promoción de derechos económicos, sociales y culturales y de los derechos de los pueblos indígenas y ecologistas 71. Esas actividades comprendían llamadas telefónicas, vigilancias y seguimiento o espionaje, y como método más frecuente “la amenaza por escrito, por vía telefónica o electrónica, o a través de terceros”, así como “el entorpecimiento de las acciones de los defensores” y “el amedrentamiento […] a través del ataque a la vida e integridad física del defensor”. Según la Comisión, “ha[bía] un nexo evidente entre la impunidad imperante en el país y la situación de vulnerabilidad de los defensores” y, en cuanto a la autoría de esos hechos, existía un consenso generalizado, reconocido incluso por el Gobierno, en el sentido de que el incremento de tales hechos estaba asociado a la existencia y funcionamiento de cuerpos ilegales y aparatos clandestinos de seguridad, que tenían conexiones con el crimen organizado y con agentes y estructuras del Estado, particularmente con los servicios de inteligencia militar 72. En 2004, la Comisión señaló que la cantidad de actos de la índole indicada había aumentado en los años anteriores y formaba parte de un “patrón de intimidación hacia los defensores de derechos humanos”, el cual tenía como propósito “impedir que la actuación del Poder Judicial [fuera] efectiva en casos sobre violaciones de derechos humanos cometidas durante el conflicto armado” 73. b) La Representante Especial del Secretario General de las Naciones Unidas sobre la situación de los defensores de los derechos humanos, Hina Jilani, emitió en 2002 un informe sobre su misión a Guatemala, en el cual observó “un aumento de los casos de ataques contra defensores de derechos humanos” en los años 2000 a 2002, e indicó que 69 Cfr. Acuerdo Global sobre Derechos Humanos, 29 de marzo de 1994 (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, folios 2429 a 2436). 70 Cfr. CIDH, Quinto informe sobre la situación de los derechos humanos en Guatemala, OEA/Ser.L/V/II.111 Doc. 21 rev. 6 de abril de 2001, Capítulo VI, párr. 26. Disponible en: http://www.cidh.org/countryrep/guatemala01sp/indice.htm. 71 Cfr. CIDH. Justicia e Inclusión social: Los desafíos de la democracia en Guatemala. OEA/Ser.L/V/II.118, Doc. 5, rev. 1, 29 de diciembre de 2003., párrs. 173, 176 y 178. Disponible en: http://www.cidh.org/countryrep/Guatemala2003sp/capitulo3.htm. 72 Cfr. CIDH. Justicia e Inclusión social: Los desafíos de la democracia en Guatemala. OEA/Ser.L/V/II.118, Doc. 5, rev. 1, 29 de diciembre de 2003., párrs. 182 a 184 y 186. Disponible en: http://www.cidh.org/countryrep/Guatemala2003sp/capitulo3.htm. 73 Cfr. CIDH. Informe Anual. 2004. OEA/Ser.L/V/II.122. Doc. 5 rev. 1, 23 febrero de 2005. Capítulo V, Título III, párr. 55. Disponible en: http://www.cidh.oas.org/annualrep/2004sp/cap.5a.htm.

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