31 90. Posteriormente, el 11 de septiembre de 2004 la señora B.A. fue elegida por la Asamblea General de la Aldea Cruce de la Esperanza para el cargo de Secretaria del COCODE de dicha aldea 118. Asimismo, la señora B.A. participó en las investigaciones desarrolladas por la desaparición forzada de su hermano, Y.A., desde al menos el 13 de octubre de 2004. Al respecto, esta Corte estableció en la Sentencia del caso Gudiel Álvarez y otros (“Diario Militar”) Vs. Guatemala que la señora B.A. presentó la petición inicial de dicho caso junto con otras personas ante la Comisión Interamericana el 9 de diciembre de 2005 119. C) Los hechos del caso C.1. Hechos anteriores a la muerte de A.A. 91. El 26 de noviembre de 2003 la señora B.A. interpuso una denuncia ante la Fiscalía Distrital de Santa Lucía Cotzumalguapa, señalando que: El día […] veinticinco de noviembre de [ese] año a las dos y media de la tarde se organiz[ó] una asamblea en la comunidad La Esperanza […] con la finalidad de elegir un nuevo comité de COEDUCA […] para la Escuela de Auto Gesti[ó]n Comunitaria Rep[ú]blica de M[é]xico[.] Dentro de dicha reunión yo expuse sobre algunos problemas que tenía la escuela […][.] Finalmente se escogi[ó] una nueva directiva del Comité de la comunidad[.] […] Pero a eso de las seis horas con cuarenta minutos me encontraba en un velorio en [la] [A]ldea El Rosario, cuando recibí una llamada telefónica a mi celular […] del señor [L.L.] […] mismo que se identificó en el momento de hablar conmigo y me dijo ‘así que se salieron con la suya de nombrar un nuevo comité pero tenga por seguro que a usted y a su hijo los voy [a] hacer mierda’ yo solo le dije que por qu[é] me amenazaba de esa forma y que si i[b]a a estarnos diciendo eso que lo hiciera personalmente, y no es la primera vez que nos amenaza[,] po[rq]ue una vez anterior amenaz[ó] a mi hermana y le dijo que él era ex[k]aibil y que con él sí i[b]amos a ver lo que nos i[b]a a hacer, pero este señor no tiene ningún motivo para estarnos amenazando de esta forma po[rq]ue [é]l no pertenece a la comunidad y si tuvo algu[na] inconformidad con la asamblea bien lo pudo haber expresado en su momento pero no lo hizo. Por otro lado pienso que es solo una excusa ya par[a m]olestar ya que yo pertenezco a la UNRG y él como ex miembro del Ejército todavía mantiene ciertas ideologías y por eso nos molesta […] 120. 92. Por otro lado, consta en el expediente que el 20 de febrero de 2004 la señora B.A. acudió al Centro de Mediación de Escuintla a fin de participar en una mediación citada “por el conflicto de amenazas”. Sin embargo, la contraparte no compareció, por lo que el caso fue “derivado” al Juzgado Primero de Paz de Escuintla 121. C.2. La muerte del señor A.A. 93. El 20 de diciembre de 2004 el cadáver del señor A.A. fue encontrado en la cinta asfáltica, a la altura del “kilómetro 90.5 de la Ruta al Pacífico” 122, con tres impactos de proyectil de arma de fuego, dos en la región frontal del cráneo y otro en el tórax posterior izquierdo 123, y con la bicicleta en la que se conducía aún entre las piernas 124. 118 Cfr. Certificación de Actas 04-2004 de 11 de septiembre de 2004 de la Asamblea General de la Aldea Cruce de la Esperanza (expediente de anexos al escrito de sometimiento, folio 1125). 119 Cfr. Caso Gudiel Álvarez y otros (“Diario Militar”) Vs. Guatemala, supra, párrs. 1 y 182, y pies de página 75, 166, 336 y 372. 120 Cfr. Denuncia MP60-2003-5418 de 26 de noviembre de 2003 interpuesta ante la Oficina de Atención Permanente de la Fiscalía de Santa Lucía Cotzumalguapa (expediente de fondo, folios 1311 a 3312), e Informe de 5 abril de 2005 presentado por el Técnico en Investigaciones Criminalísticas del Ministerio Público, ante el Fiscal del Distrito Adjunto de Santa Lucía de Cotzumalguapa (expediente de anexos al escrito de sometimiento, folio 1065). De acuerdo a lo señalado en el Informe de la Comisión para el Esclarecimiento Histórico, Guatemala: Memoria del Silencio, “los kaibiles eran una fuerza especial contrainsurgente del Ejército de Guatemala, los cuales en diversos operativos ponían en práctica la extrema crueldad de sus métodos de entrenamiento”. Cfr. Caso De la Masacre de las Dos Erres Vs. Guatemala. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 24 de noviembre de 2009. Serie C No. 211, nota 6. 121 Cfr. Acta de comparecencia al Centro de Mediación de Escuintla de 20 de febrero de 2004 (expediente de anexos al escrito de sometimiento, folio 1430). 122 Cfr. Informe No. 315ª- 2005 EEC-G 11 y Croquis elaborado el 29 de abril de 2005 por el Técnico en Investigaciones Criminalísticas (expediente de anexos al escrito de sometimiento, folio 858). 123 El Estado controvirtió el número de impactos que habría recibido el señor A.A. Cfr. Necropsia No. 225/04 de 22 de diciembre de 2004 (expediente de anexos al escrito de sometimiento, folio 941), y Ampliación con fecha de 10 de mayo de 2005 del Informe de Necropsia No. 225/04 (expediente de anexos al escrito de sometimiento, folio 880).

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