tradicional de los pueblos del Bajo Marowijne. Según los peticionarios, tampoco se
recibió respuesta alguna.
d) Acción de protesta. En 1976, los pueblos del Bajo Marowijne organizaron una marcha
por los “derechos de tierras” a lo largo de 142 kilómetros, desde Albina hasta
Paramaribo para protestar contra las violaciones a sus derechos vinculadas a la Reserva
Natural Galibi (establecida por el gobierno) y sobre la subdivisión y reparto forzados de
las comunidades de Erowarte, Wan Shi Sha, Tapuku y Pierrekondre. Según los
peticionarios, la respuesta del estado fue dada por una comisión especial conocida
como la Comisión de Títulos de Tierras en el Interior, la cual estipuló que los pueblos
indígenas no tenían derechos sobre las tierras y, por lo tanto, tampoco derecho a
objetar8.
18. Los peticionarios también citaron otros ejemplos de esfuerzos de colaboración
generalmente dirigidos a asegurar el reconocimiento de sus derechos indígenas. Entre ellos se
incluyen:
a) Tres casos9 presentados en 1975-1976 en los tribunales de Suriname por la
Asociación de los Pueblos Indígenas, actualmente extinta. En todos estos casos, se
sostuvo que el Estado tenía la obligación de reconocer los derechos de propiedad de los
pueblos indígenas. Según los peticionarios, todos estos casos fueron desestimados por
parte del poder judicial por falta de fundamentos jurídicos.
b) Presentación al Estado de una posición conjunta por los pueblos indígenas y
Maroons. En 1995 y 1996, las autoridades tradicionales de los pueblos indígenas y de
los Maroons celebraron reuniones para acordar y presentar una posición común ante el
Estado, solicitando el reconocimiento de sus derechos de propiedad y de otros
derechos. El estado respondió por medio del establecimiento de una Comisión, conocida
como Commission on State Lands and Indigenous Peoples and Maroons, (Comisión
sobre territorios del estado y pueblos indígenas y Maroons) en 1997, con el mandato de
presentar propuestas y recomendaciones al Estado para resolver este problema. Según
los peticionarios, la Comisión fue posteriormente disuelta sin que se emitiera un
informe final.
19. En ausencia de reconocimiento legal, los peticionarios sostienen que los derechos
comunales de los pueblos del Bajo Marowijne se han visto afectados en forma adversa debido
a: (a) el asunto de los títulos de propiedad de tierras adjudicados a personas no indígenas; (b)
el problema de las concesiones mineras, y (c) el establecimiento de reservas naturales, todo lo
cual subsiste o se explota en el territorio tradicional de los pueblos del Bajo Marowijne, sin su
consentimiento.
Asunto de los títulos de tierras individuales
20. Según los peticionarios, los pueblos del Bajo Marowijne no poseen títulos sobre sus tierras,
territorios o recursos tradicionales y no existe ningún mecanismo en la legislación de Suriname
que les permita obtener títulos comunales. De acuerdo a las leyes en Suriname, la posesión de
territorios tradicionales de los pueblos del Bajo Marowijne pertenece legalmente al Estado.
Según los peticionarios, los ciudadanos de Suriname (entre ellos, los pueblos indígenas)
pueden obtener títulos de propiedad individuales sobre las tierras del Estado, pero solamente
por medio de un contrato de arrendamiento, el cual es revocable (Grondhuur) por un período
de 15 a 40 años. Según los peticionarios, el titular de la tierra debe pagar alquiler al Estado,
por el arrendamiento. Los peticionarios señalan que los títulosGrondhuur sólo pueden ser
poseídos por personas legalmente reconocidas, lo que en Suriname, se limita a individuos,
corporaciones o fundaciones registradas. Según los peticionarios, los pueblos indígenas, sus
Léase la petición de los peticionarios, párrafo 61, página 15.
Caso No. 165, Asociación de Pueblos Indígenas y Suriname, 17 de marzo de 1975; Asociación de Pueblos Indígenas y
Suriname, A.R. No. 754180, 26 de septiembre de 1975 y Asociación de Pueblos Indígenas y Suriname, A.R. No.
753160, 13 de enero de 1976.
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