clandestinas 66. La lista de ejemplos de casos en los que se aplica el artículo 35.2 del Reglamento de la Corte IDH confirma el amplio alcance de la disposición, impidiendo que la delimitación de las víctimas se vea comprometida por un formalismo excesivo, como se señala en el caso Masacres de Rio Negro vs. Guatemala 67. 61. Aunque el presente caso ante la Corte IDH no implicaba la aplicación del artículo 35.2, la trayectoria jurisprudencial ha mostrado una comprensión cada vez más clara de las medidas que pueden adoptarse en caso de daño colectivo. Las respuestas dadas por la Corte IDH al daño colectivo causado por el impacto ambiental de las actividades metalúrgicas en la Comunidad de La Oroya permiten reajustar el alcance de las medidas de reparación y sus efectos de no repetición para preservar la vida de las generaciones actuales y futuras. En este sentido, los siguientes párrafos estarán dedicados al examen de este relevante mecanismo adoptado por la Corte IDH para tratar de las afectaciones colectivas de derechos humanos, a saber, las reparaciones colectivas. 62. La adopción de remedios de impacto difuso es una práctica ya consolidada en la jurisprudencia de la Corte IDH, especialmente en situaciones en las que el Tribunal se ha enfrentado a violaciones cuya magnitud y alcance son difíciles de medir y que afectan la vida y la memoria de las comunidades en las que ocurrieron. Tales medidas pueden identificarse, por ejemplo, en el caso Masacre Plan de Sánchez vs. Guatemala (2004). En esa ocasión, la intervención del Ejército guatemalteco causó la muerte de 268 personas del Pueblo indígena Maya Achí en el territorio de la Aldea Plan de Sánchez, lo que llevó a la Corte IDH a establecer la suma de US$25,000.00 para “despertar la conciencia pública, para evitar la repetición de hechos como los ocurridos en el presente caso, y para conservar viva la memoria de las personas fallecidas” 68. La Corte IDH también definió mecanismos colectivos para mejorar la salud, la educación y la infraestructura de la comunidad, a saber: estudio y difusión de la cultura indígena maya Achí, mejoras en el sistema de alcantarillado y de suministro de agua potable, y el establecimiento de centros de salud y educación en la comunidad con capacitación intercultural 69. 63. En situaciones relativas a grupos de mayor vulnerabilidad, como violaciones ocurridas en comunidades indígenas, la Corte IDH ha prestado especial atención a la implementación de programas de salud, vivienda y educación para los habitantes de la comunidad, como sucedió a los casos Comunidad Moiwana Vs. Surinam (2005) 70, Comunidad Indígena Yakye Axa Vs. Paraguay (2005) 71 y Comunidad Indígena Sawhoyamaxa Vs. Paraguay (2006) 72. Ya en otras situaciones como en el caso Comunidad Indígena Xákmok Kásek Vs. Paraguay (2010), la Corte IDH ha determinado el desarrollo de estudios especializados sobre el suministro de agua, la gestión de la 66 Cfr. Caso Corporación Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (CAJAR) vs. Colombia. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 18 de octubre de 2023. Serie C. No. 506. 67 Cfr. Caso Masacres de Río Negro Vs. Guatemala. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 4 de septiembre de 2012, párr. 49 y Caso Masacres de El Mozote y lugares aledaños Vs. El Salvador. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 25 de octubre de 2012. Serie C No. 252, párr. 54. 68 Cfr. Caso Masacre Plan de Sánchez Vs. Guatemala. Reparaciones. Sentencia de 19 de noviembre de 2004. Serie C No. 116, párr. 104. 69 Cfr. Caso Masacre Plan de Sánchez Vs. Guatemala, supra, párr. 110. 70 Cfr. Caso de la Comunidad Moiwana Vs. Surinam. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 15 de junio de 2005. Serie C No. 124, párrs. 214-215. 71 Cfr. Caso Comunidad Indígena Yakye Axa Vs. Paraguay, supra, párr. 221. 72 Cfr. Caso Comunidad Indígena Sawhoyamaxa Vs. Paraguay. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 29 de marzo de 2006. Serie C No. 146, párr. 230. 17

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