Resolución de la Corte Interamericana De Derechos Humanos de 3 de abril de 2009 Caso de la Comunidad Mayagna (Sumo) Awas Tingni Vs. Nicaragua Supervisión de Cumplimiento de Sentencia VISTO: 1. La Sentencia de fondo, reparaciones y costas de 31 de agosto de 2001 (en adelante “la Sentencia”) emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”), mediante la cual dispuso que: […] 4. […] el Estado de[bía] delimitar, demarcar y titular las tierras que corresponden a los miembros de la Comunidad Mayagna (Sumo) Awas Tingni y abstenerse de realizar, hasta tanto no se efect[uara] esa delimitación, demarcación y titulación, actos que pu[dieran] llevar a que los agentes del propio Estado, o terceros que act[uaran] con su aquiescencia o su tolerancia, afect[aran] la existencia, el valor, el uso o el goce de los bienes ubicados en la zona geográfica donde habitan y realizan sus actividades los miembros de la Comunidad Mayagna (Sumo) Awas Tingni, de conformidad con lo expuesto en los párrafos 153 y 164 de la […] Sentencia. […] 2. La Audiencia Privada de Supervisión de Cumplimiento de Sentencia celebrada el día 3 de mayo de 2008, la cual tuvo por objeto que la Corte obtuviera información por parte del Estado sobre el cumplimiento de los puntos resolutivos tercero, cuarto, sexto y séptimo de la Sentencia, así como de las observaciones de los representantes de los miembros de la Comunidad Mayagna Awas Tingni (en adelante “los representantes”) y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión Interamericana” o “la Comisión”), misma que concluyó con la firma de una acta de acuerdos entre la República de Nicaragua (en adelante “el Estado” o “Nicaragua”) y los representantes con presencia de la Comisión en la sede de la Corte. 3. La Resolución de Supervisión de Cumplimiento de Sentencia emitida por la Corte el 7 de mayo de 2008, mediante la cual declaró que: […] 1. […] el Estado ha dado cumplimiento total a los puntos resolutivos tercero, sexto y séptimo de la Sentencia emitida […] el 31 de agosto de 2001. […] mantendrá abierto el procedimiento de supervisión de cumplimiento del 2. punto pendiente de acatamiento[,] relativo al deber del Estado de delimitar, demarcar y

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