diligenciamiento de medidas de prueba64. El 26 de octubre de 2011 el órgano judicial, accediendo a la solicitud del Fiscal, dispuso la producción de prueba, puntualmente, la citación a A.M., a prestar declaración65. 67. Luego de lo anterior, y hasta 2015, se realizaron diversas diligencias, entre ellas, las que siguen: a) el 21 de diciembre de 2011 se tomó declaración a A.M., quien negó haber participado en los hechos investigados 66; b) los días 23 de septiembre y 10 de octubre de 2013, la oficina de Archivos Judiciales procedente de la Justicia Militar (AJPROJUMI) y el Ministerio de Defensa, respectivamente, dieron respuestas a solicitudes de información, relativas al expediente instruido por el Juzgado Militar 6to. en relación con los hechos y a quiénes participaron en el operativo realizado el 21 de abril de 197467; c) los días 30 de octubre y 28 de noviembre de 2014 se tomaron declaraciones testimoniales68; d) el 28 de julio de 2015 se realizaron informes de autopsia de los cuerpos de Silvia Reyes y Laura Raggio, luego de su exhumación los días 27 de mayo y 8 de junio de 2015 69, y e) el 9 de diciembre de 2015, a solicitud de la jueza actuante, el Ministerio de Defensa Nacional presentó información sobre dos militares70. Cfr. Escrito del Fiscal Nacional Letrado en lo Penal de Cuarto Turno de 24 de octubre de 2011, dirigido al Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal de 8º Turno (expediente de prueba, expedientes remitidos por el Estado, fs. 5808 a 5812). 64 Cfr. Decreto No 1702/2011 del Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal de 8º Turno, de 26 de octubre de 2011 (expediente de prueba, expedientes remitidos por el Estado, fs. 5814). Luego de lo señalado, el 31 de octubre de 2011, familiares de Diana Maidanik, Silvia Reyes y Laura Raggio también solicitaron la reapertura de las investigaciones (cfr. Escrito de Flora Potasnik, Daniel Raggio Odizzio, Horacio Enrique Raggio Odizzio, y Stella Reyes de 31 de octubre de 2011, dirigido al Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal de 8º Turno (expediente de prueba, expedientes remitidos por el Estado, fs. 5815 a 5817)). 65 Cfr. Declaración de A.M. de 21 de diciembre de 2011 dada ante el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal de 8º Turno (expediente de prueba, expedientes remitidos por el Estado, fs. 5840 a 5843). 66 Cfr. Solicitudes de documentación de 2 de septiembre de 2013, Oficios 619/2013 y 621/2013, expedidos por el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal de 8º Turno, dirigidas, respectivamente, a AJPROJUMI y al Ministerio de Defensa Nacional, y respuestas de esas entidades de 23 de septiembre (Oficio OFJ-7095000025/2013) y 10 de octubre (Oficio 686/SecMtro/13) de 2013, respectivamente (expediente de prueba, expedientes remitidos por el Estado, fs. 5989 y 5991 a 5993). El Ministerio de Defensa, en la respuesta referida, manifestó no tener información sobre las personas que participaron en el operativo, y sugirió solicitar información al Archivo General de la Nación, que luego de ser requerido respondió no tener información, mas sí remitió “[una] fotocopia perteneciente a Arturo Ricardo Reyes Gaetán de la información encontrada en las [f]ichas pertenecientes a OCOA” (cfr. Solicitud de documentación de 23 de octubre de 2013, Oficio No. 732/2013, dirigido por el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal de 8º Turno al Archivo General de la Nación, y respuesta de éste de 4 de noviembre de 2013 (expediente de prueba, expedientes remitidos por el Estado, fs. 5997 y 5998, respectivamente). 67 Cfr. Declaraciones ante el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal de 8º Turno de G.N. de 30 de octubre y 28 de noviembre de 2014, y de C.V., en la última fecha mencionada (expediente de prueba, expedientes remitidos por el Estado, fs. 6069 a 6072, y 6079 a 6083 y 6084 a 6087, respectivamente). 68 Cfr. Oficios No. 326/P y 605, de 26 de mayo y 3 de junio de 2015, emitidos, respectivamente, por la Jefatura de Policía de Canelones y por el Juzgado de Primera Instancia de Maldonado de 4º Turno; actas de exhumación de 27 de mayo y 8 de junio de 2015 e Informes de autopsia expedidos por el Instituto Técnico Forense del Poder Judicial el 28 de julio de 2015 (expediente de prueba, expedientes remitidos por el Estado, fs. 6139, 6156, 6140, 6157 a 6159 y 6180 a 6224, respectivamente). 69 Cfr. Fiscalía General de la Nación. Dictamen Fuera de Audiencia No. 1773/15/FP4T de 5 de noviembre de 2015; Decreto Nro. 2315/2015 de la misma fecha, emitido por la jueza actuante proveyendo favorablemente la solicitud efectuada en el documento anterior, y Oficio No 131/SG/15 del Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas de 30 de noviembre de 2015, dirigido al Sub Director General de Secretaría del Ministerio de Defensa Nacional, recibido el 9 de diciembre de 2015 por el órgano judicial interviniente en 70 20

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