-23expresión como derecho humano y las restricciones permisibles; la libertad de expresión en relación con los funcionarios públicos y las cuestiones de interés público; actos de intimidación, hostigamiento, persecución y ataques contra comunicadores sociales y personal asociado, cometidos por actores estatales y/o particulares, así como sobre la obligación positiva del Estado de proteger a RCTV. n) Ricardo Uceda, perito propuesto por la Comisión, es periodista. Declaró, inter alia, sobre el efecto de un discurso crítico permanente contra los comunicadores sociales y personal asociado por parte de las autoridades de un país; los efectos de actos de intimidación, hostigamiento, persecución y ataques contra ellos, cometidos por actores estatales y/o particulares, así como acerca de los efectos que estos ataques tendrían sobre el ejercicio de la libertad de expresión en los trabajadores de la comunicación social. ñ) Marcelino Bisbal, perito propuesto por los representantes, es periodista Declaró, inter alia, sobre los efectos que en el ejercicio del periodismo y la libre búsqueda y difusión de información de ideas tendrían las agresiones a periodistas y otros trabajadores de la comunicación social en Venezuela, incluida en particular la época a la que se refieren los hechos del presente caso. o) Eduardo Ulibarri Bilbao, perito propuesto por los representantes, es periodista. Declaró, inter alia, sobre estándares internacionales relevantes para la libertad de expresión y el ejercicio del periodismo, así como su aplicabilidad a los hechos denunciados en el presente caso. p) Magadalena López de Ibáñez, perito propuesta por los representantes, es psicóloga clínica. Declaró, inter alia, sobre los efectos psicológicos y psicosomáticos, así como los daños bio-psicológicos experimentados por ciertos periodistas, camarógrafos, asistentes de cámaras y directivos de RCTV presuntas víctimas en este caso. q) Pedro Berrizbeitia Maldonado, perito propuesto por los representantes, es abogado y profesor de Derecho Proceso Penal. Declaró, inter alia, sobre el papel del Ministerio Público en el proceso penal venezolano, el rol de la víctima en las investigaciones y procesos por delitos de acción pública, el término de duración de una investigación penal y las formas de inicio de un proceso penal en Venezuela. 80. En cuanto a la prueba rendida en audiencia pública, la Corte escuchó las declaraciones de las siguientes personas: a) Carlos Colmenares, presunta víctima y testigo propuesto por la Comisión, era camarógrafo de RCTV. Declaró, inter alia, sobre alegados hechos ocurridos los días 19 de agosto de 2003 y 3 de marzo de 2004 en los que resultó herido, así como sobre otra agresión ocurrida cuando se encontraba cubriendo una manifestación en Chuao y la investigación de dichos hechos. Asimismo, describió las consecuencias que han tenido en su vida personal y en el ejercicio de su profesión. b) Antonio José Monroy Clemente, presunta víctima y testigo propuesto por los representantes, es camarógrafo de RCTV. Declaró, inter alia, sobre agresiones sufridas por él y su equipo reporteril en ocasión de cubrir noticias el 31 de julio y 15 de agosto de 2002 en el Tribunal Supremo de Justicia, la investigación de esos hechos y las consecuencias que los mismos han tenido en su vida personal y en el ejercicio de su profesión. c) Andrés Izarra, testigo propuesto por el Estado, es productor de televisión, trabajó en RCTV y actualmente es Ministro de Telecomunicaciones de Venezuela y

Seleccionar párrafo de destino3