29
94.
El 16 de octubre de 2002, y luego de que la Corte Suprema de Justicia declarase
inadmisible los recursos de casación presentados a favor de otras de las personas condenadas 134,
el Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador solicitó que se declare ejecutoriada la
sentencia definitiva condenatoria en contra de José Agapito Ruano Torres y los demás
imputados 135.
95.
El 13 de mayo de 2002 el señor Ruano Torres presentó ante el Jefe del Departamento de
Investigación Judicial de la Corte Suprema de Justicia una denuncia contra el Juzgado de Primera
Instancia de Tonacatepeque y el Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador que participaron
en el proceso penal 136. Alegó que el Juzgado y Tribunal citados no tomaron ninguna medida
positiva a pesar de presentarles numerosos escritos aclarando que él no era El Chopo, sino su
hermano Rodolfo. Indicó que el Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador negó, durante la
audiencia de vista pública, que su hermano rindiera declaración como testigo. El 22 de octubre de
2003 la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia declaró inadmisible la denuncia presentada
puesto que “no se encontraron elementos que den lugar a una causa probable para que se
aperture informativo disciplinario” 137.
96.
El 11 de agosto de 2003 José Agapito Ruano Torres interpuso por sí mismo y sin patrocinio
letrado, un recurso de revisión de sentencia ante el Tribunal Segundo de Sentencia de San
Salvador 138. En el mismo señaló que su abogado no le permitió declarar al inicio de la audiencia
de vista pública y ofreció la comparecencia de su hermano Rodolfo como medio de prueba, puesto
que a él se le conocería como ElChopo. El 13 de agosto de 2003 dicho Tribunal declaró
inadmisible el recurso alegando que no se vulneró ninguna garantía constitucional dado que José
Agapito Ruano Torres decidió no rendir su declaración indagatoria 139.
97.
El 24 de septiembre de 2003 José Agapito Ruano Torres volvió a interponer un recurso de
revisión ante el Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador 140, bajo los mismos argumentos
y el 29 de septiembre de 2003 dicho Tribunal decidió no admitir este nuevo recurso por
considerarlo una reproducción del anterior 141.
98.
El 22 de septiembre de 2006 otra de las personas condenadas por el secuestro del señor
Rodríguez Marroquín remitió un escrito al Tribunal Segundo de Sentenciade San
134
En el expediente judicial se registran los recursos de casación presentados a favor de Miguel Guzmán Mazariego,
José Orellana Pérez, José León Perez, Joaquín Rodríguez y Ricardo Antonio Figueroa. Cfr. Resolución emitida por la Sala
de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia el 18 de junio de 2002 (expediente de prueba, tomo IV, anexo 1 al
sometimiento del caso, folios 2011 a 2014).
135
Cfr. Auto emitido por el Tribunal Segundo de Sentenciade San Salvador el 16 de octubre de 2002 (expediente de
prueba, tomo IV, anexo 1 al sometimiento del caso, folio 2020).
136
Cfr. Escrito dirigido al Jefe del Departamento de Investigación Judicial de la Corte Suprema de Justicia por José
Agapito Ruano Torres de 13 de mayo de 2002 (expediente de prueba, tomo V, anexo 19 al sometimiento del caso, folios
2209 a 2212).
137
Decisión emitida por la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia el 22 de octubre de 2003 (expediente de
prueba, tomo V, anexo 20 al sometimiento del caso, folios 2214 a 2216).
138
Cfr. Recurso extraordinario de revisión de sentencia presentado por José Agapito Ruano Torres ante el Tribunal
Segundo de Sentenciade San Salvador el 11 de agosto de 2003 (expediente de prueba, tomo V, anexo 1 al sometimiento
del caso, folios 2089 a 2091).
139
Cfr. Decisión emitida por el Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador el 13 de agosto de 2003
(expediente de prueba, tomo V, anexo 1 al sometimiento del caso, folios 2092 a 2093).
140
Cfr. Recurso extraordinario de revisión de sentencia presentado por José Agapito Ruano Torres ante el Tribunal
Segundo de Sentenciade San Salvador el 24 de septiembre de 2003 (expediente de prueba, tomo V, anexo 1 al
sometimiento del caso, folios 2094 a 2096).
141
Cfr. Decisión emitida por el Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador el 29 de septiembre de 2003
(expediente de prueba, tomo V, anexo 1 al sometimiento del caso, folios 2097 a 2098).