-6dentro del Parque Nacional que lleva el nombre de la víctima. No obstante, este Tribunal toma nota de que las partes están de acuerdo respecto a un cambio en la modalidad de ejecución que implica que algunos de los rótulos se coloquen fuera del perímetro del Parque Nacional (supra Considerandos 6 y 7). Esta Corte considera que dicho cambio sería acorde al objetivo primordial de la medida ordenada, el cual es la preservación de la memoria de la señora Kawas Fernández, en tanto le otorgaría “mayor visibilidad e impacto”. 14. Finalmente, si bien este Tribunal considera positivo que en los últimos meses se hayan reactivado las gestiones necesarias para dar cumplimiento a esta medida, observa que el plazo de dos años para dar cumplimiento a la misma venció el 9 de mayo de 2011 sin que se verifiquen avances significativos. Por ello, teniendo en cuenta que, por su naturaleza, tal como lo remarcó la Comisión, la presente medida no reviste mayores complejidades para su ejecución, la Corte solicita al Estado que adopte todas las medidas necesarias para dar cumplimiento a la misma a la mayor brevedad posible, en los términos expuestos supra (Considerandos 12 y 13). 15. En virtud de lo anterior, la Corte considera que las medidas ordenadas en el punto resolutivo décimo segundo de la Sentencia se encuentran pendientes de cumplimiento, y requiere al Estado que presente información actualizada y detallada sobre su cumplimiento. POR TANTO: LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, en el ejercicio de sus atribuciones de supervisión del cumplimiento de sus decisiones, de conformidad con los artículos 33, 62.1, 62.3, 65, 67 y 68.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, 24, 25 y 30 del Estatuto, y 31.2 y 69 de su Reglamento, RESUELVE: 1. Mantener abierto el procedimiento de supervisión de cumplimiento de las siguientes medidas de reparación: a) concluir los procedimientos penales, o iniciar los correspondientes, por los hechos que generaron las violaciones del caso (punto resolutivo noveno de la Sentencia); b) levantar un monumento en memoria de Blanca Jeannette Kawas Fernández (punto resolutivo décimo segundo de la Sentencia); c) realizar la rotulación del Parque Nacional Blanca Jeannette Kawas Fernández (punto resolutivo décimo segundo de la Sentencia), y d) ejecutar una campaña nacional de concientización y sensibilización sobre la importancia de la labor que realizan los defensores del medio ambiente en Honduras y de sus aportes en la defensa de los derechos humanos (punto resolutivo décimo cuarto de la Sentencia). 2. Disponer que el Estado adopte, en definitiva y a la mayor brevedad, las medidas que sean necesarias para dar efectivo y pronto cumplimiento a los puntos pendientes de la Sentencia de fondo, reparaciones y costas emitida en el presente caso, de acuerdo con lo

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