universidad requiera de un nuevo proceso de postulación, se contemplarán 15 puntos,
conforme las variables de ruralidad y territorialidad”. Respecto a Jostin Randi Castro
Huacón, se acordó que “la Secretaría de Derechos Humanos acompañará la gestión […]
para el ingreso a la Maestría en mejoramiento de procesos en la ESPOL y de ser
necesario, activará a la entidad competente con la finalidad de verificar la posibilidad de
que se apliquen acciones afirmativas para el ingreso a la mencionada Maestría”. Sobre
este tema, se acordó que la medida sería “revisa[da]” por la Secretaría de Derechos
Humanos, “hasta que todas las personas mencionadas ingresen al sistema de educación
superior o hasta cuando las mismas desistan de estas medidas”.
53.
La Corte advierte que los hechos del caso generaron cambios significativos en las
vidas de los familiares de Walter Gonzalo Huacón Baidal y Mercedes Eugenia Salazar
Cueva, afectando sus relaciones humanas y su desarrollo personal. En atención a lo
anterior, y teniendo en consideración el acuerdo de solución amistosa, la Corte ordena,
como medida de satisfacción en el presente caso, que el Estado adopte las acciones
previstas en el Acuerdo, en los términos pautados a través de dicho documento (supra
párrs. 51 y 52).
C.2 Publicación del acuerdo de solución amistosa y de la presente Sentencia
54.
El Acuerdo contempla, como medida “solicitada expresamente por las víctimas”,
lo siguiente:
El Estado ecuatoriano, a través de la Secretaria de Derechos Humanos, coordinará con las
instituciones del Estado competentes en razón de las acciones u omisiones que provocaron la
vulneración de derechos humanos consagrados en la Convención Americana sobre Derechos
Humanos, las siguientes publicaciones: a) el […]Acuerdo de solución amistosa en lo referente a
las disculpas públicas y las reparaciones inmateriales, disponible al menos por un periodo de un
año, en un sitio web oficial de una institución del Estado de carácter nacional accesible al público;
y, b) un resumen del presente Acuerdo, por una sola vez en un diario de amplia circulación
nacional. Tanto en la publicación del sitio web oficial como en la del diario de amplia circulación
nacional no se hará referencia a las indemnizaciones, por motivos de seguridad de las víctimas.
Todo lo cual se realizará dentro del plazo de seis meses, contado a partir de la suscripción del […]
Acuerdo.
55.
La Corte dispone que el Estado cumpla las acciones previstas en el Acuerdo, en
los términos señalados a través de éste (supra párr. 54). El Estado deberá informar de
forma inmediata a esta Corte una vez que proceda a realizar cada una de las
publicaciones dispuestas, independientemente del plazo de un año para presentar su
primer informe dispuesto en el punto resolutivo 9 de esta Sentencia.
56.
Asimismo, la Corte dispone que el Estado deberá publicar, en el plazo de seis
meses, contado a partir de la notificación de la presente Sentencia, la misma en su
integridad 21 en un sitio web oficial del Gobierno Nacional. Dicha publicación estará
disponible por un período de un año. El Estado deberá informar de forma inmediata a
esta Corte una vez que proceda a realizar esta publicación, independientemente del
plazo de un año para presentar su primer informe dispuesto en el punto resolutivo 9 de
esta Sentencia.
Aunque el texto del Acuerdo obra como anexo a esta Sentencia, y la integra, no debe ser publicado
por el Estado en cumplimiento de esta medida. Lo anterior, sin perjuicio de las publicaciones referidas en el
párrafo 54 de esta Sentencia.
21
15