-3Estado de Guatemala dio cumplimiento total a cinco medidas de reparación10 y que se encontraban pendientes de cumplimiento cuatro medidas (infra Considerandos 4, 35, 45 y 50). 2. De conformidad con lo establecido en el artículo 68.1 de la Convención Americana, “[l]os Estados Partes en la Convención se comprometen a cumplir la decisión de la Corte en todo caso en que sean partes”. Esta obligación incluye el deber del Estado de informar a la Corte sobre las medidas adoptadas para cumplir cada uno de los puntos ordenados, lo cual es fundamental para evaluar el estado de cumplimiento de la Sentencia en su conjunto 11. Los Estados Parte en la Convención deben garantizar el cumplimiento de las disposiciones convencionales y sus efectos propios (effet utile) en el plano de sus respectivos derechos internos. Estas obligaciones deben ser interpretadas y aplicadas de manera que la garantía protegida sea verdaderamente práctica y eficaz, teniendo presente la naturaleza especial de los tratados de derechos humanos12. 3. La Corte valorará la información presentada por las partes respecto de las cuatro medidas de reparación pendientes de cumplimiento ordenadas en este caso, y determinará el grado de cumplimiento por parte del Estado. Valorará el informe presentado por la Fiscal General del Ministerio Público de Guatemala (supra Visto 7) como “otra fuente de información” que le permita apreciar el cumplimiento de lo ordenado, conforme lo dispuesto en el artículo 69.2 de su Reglamento13. La presente Resolución se estructurará en el siguiente orden: A. Investigar los hechos del presente caso, juzgar y sancionar a los responsables ...................................... 3 B. Localizar y hacer entrega de los restos mortales de Marco Antonio Molina Theissen a sus familiares ........ 12 C. Crear un procedimiento expedito que permita obtener la declaración de ausencia y presunción de muerte por desaparición forzada ........................................................................................................................... 16 D. Crear un sistema de información genética para la identificación de niños desaparecidos ........................ 17 A. Investigar los hechos del presente caso, juzgar y sancionar a los responsables A.1. Medida ordenada por la Corte y supervisión realizada en resoluciones anteriores 4. En el punto resolutivo tercero y en los párrafos 78 a 84 y 98 de la Sentencia de reparaciones se dispuso que “el Estado debe investigar efectivamente los hechos del presente caso, con el fin de identificar, juzgar y sancionar a los autores materiales e intelectuales de El Tribunal declaró que Guatemala dio cumplimiento total a las medidas de reparación dispuestas en los puntos resolutivos 4, 5, 6 y 11 de la Sentencia de Reparaciones, correspondientes a: i) la publicación de la Sentencia y su resumen oficial; ii) realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional; iii) designar un centro educativo existente con un nombre que aluda a los niños desaparecidos durante el conflicto armado, y colocar en dicho centro una placa en memoria de Marco Antonio Molina Theissen; iv) el pago de las cantidades fijadas en la Sentencia correspondientes a indemnizaciones por daños materiales e inmateriales, y v) pagar la cantidad fijada en la Sentencia por concepto de reintegro de costas y gastos. 11 Cfr. Caso Cinco Pensionistas Vs. Perú. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 17 de noviembre de 2004, Considerando 5, y Caso Fermín Ramírez Vs. Guatemala. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 6 febrero de 2019, Considerando 2. 12 Cfr. Caso Ivcher Bronstein Vs. Perú. Competencia. Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 24 de septiembre de 1999. Serie C No. 54, párr. 37, y Caso Fermín Ramírez Vs. Guatemala. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia, supra nota 11, Considerando 2. 13 Se entiende que esta información es distinta a la que brinda el Estado en su carácter de parte de este proceso de supervisión de cumplimiento Cfr. Caso Artavia Murillo y otros (“Fecundación In Vitro”) Vs. Costa Rica. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 26 de febrero de 2016, Considerando 2. 10

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