-4la desaparición forzada de Marco Antonio Molina Theissen y el resultado de este proceso debe ser públicamente divulgado”. 5. En la Resolución de noviembre de 2009 la Corte no constató avances en la investigación de los hechos del caso y, por ello, solicitó al Estado información específica sobre medidas dirigidas a la continuación de la misma14. En la Resolución conjunta para 12 casos guatemaltecos de noviembre de 2015, este Tribunal hizo notar que, a pesar de que la desaparición forzada de Marco Antonio inició hace 34 años y la Sentencia emitida por la Corte fue dictada hacía once años, el proceso penal seguía en etapa de investigación. El Tribunal tomó nota de diversas actuaciones llevadas a cabo en la investigación penal entre 1999 y 2013 y valoró positivamente diligencias realizadas en el 2015 para avanzar en la consecución de la investigación de los hechos. La Corte también se refirió a diversos “obstáculos estructurales” identificados en la obligación de investigar de esos 12 casos guatemaltecos y solicitó información al Estado sobre las medidas para superarlos15. A.2. Consideraciones de la Corte 6. Para pronunciarse sobre la obligación de investigar, juzgar y, de ser el caso, sancionar a los responsables de las graves violaciones del presente caso, la Corte realizará consideraciones sobre los siguientes puntos: i) los avances en el proceso penal interno; ii) la iniciativa de ley 5377 que pretende reformar la Ley de Reconciliación Nacional de 1996, y iii) las amenazas, hostigamientos y denuncia penal presentadas contra miembros de la familia Molina Theissen. i) Avances en el proceso penal 7. Con base en la información y documentación aportada por las partes, así como el informe proporcionado por el Ministerio Público de Guatemala en marzo de 2019 (supra Considerando 3), la Corte constata que entre enero de 2016 y marzo de 2018 se desarrollaron las etapas intermedia y de juicio oral y público en el proceso penal contra cuatro exmilitares16 (tres de ellos por la desaparición forzada de Marco Antonio, y los mismos tres y otra persona por hechos de detención arbitraria, tortura y violación sexual de Emma Guadalupe Molina Theissen). A los imputados se les decretó prisión preventiva. 8. El 23 de mayo de 2018 el Tribunal Primero de Sentencia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente de Mayor Riesgo Grupo “C” de Guatemala emitió sentencia, en la cual declaró las siguientes responsabilidades penales respecto a los delitos cometidos en agravio de Marco Antonio Molina Theissen y de Emma Guadalupe Molina Theissen17: Cfr. Caso Molina Theissen Vs. Guatemala. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 16 de noviembre de 2009, Considerando 25. 15 Cfr. 12 Casos Guatemaltecos Vs. Guatemala. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 24 de noviembre de 2015, Considerandos 82 a 89. 16 Comandante de la Zona Militar, Oficial S2 inteligencia de la Zona Militar, Jefe de la Segunda Sección del Estado Mayor General del Ejército y Jefe del Estado Mayor General del Ejército. 17 En la audiencia de supervisión de cumplimiento celebrada el 11 de marzo de 2019, la víctima Emma Molina Theissen se refirió a los delitos cometidos contra ella, y las razones por las cuales no incluyó tales violaciones en el caso ante el Sistema Interamericano. Al respecto, expresó: hace cerca de 15 años los delitos cometidos en mi contra, la tortura, la violencia sexual vivida en el cuartel militar de Quetzaltenango, no estuvieron presentes en la denuncia porque yo estaba en un estado de postración, en un estado de derrota absoluta y, aunque presenté mi testimonio acá como hermana de Marco Antonio Molina Theissen, no tenía la capacidad de pensar ni siquiera ser merecedora de la vida, mucho menos ser merecedora de la justicia, y eso cercenó, mutiló completamente mis necesidades de justicia que se vieron realizadas hasta hace apenas […] casi tres años cuando empezamos con el juicio en Guatemala. […D]espués de vivir rodeada por mucho tiempo de amor, de solidaridad, de reconstrucción emocional, me tomó casi 37 años cobrar la fuerza necesaria para acercarme a un tribunal a pedir justicia para mí. 14

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