2 (Pena de Muerte Obligatoria) párrs. 85-118 X. Violación de los artículos 7.5, 8 y 25 en relación con los artículos 1.1 y 2 de la Convención Americana (Derecho al Plazo Razonable, Garantías Judiciales y Protección Judicial) párrs. 119-152 XI. Violación del artículo 5.1 y 5.2 en relación con el artículo 1.1 de la Convención Americana (Condiciones de Detención) párrs. 153-172 XII. Violación de los artículos 4.6 y 8 en relación con el artículo 1.1 de la Convención Americana (Amnistía, Indulto o Conmutación de la Pena) párrs. 173-189 XIII. Violación del artículo 4 de la Convención Americana (Incumplimiento de las Medidas Provisionales ordenadas por la Corte respecto de Joey Ramiah, Caso No. 12.129) párrs. 190-200 XIV. Reparaciones (Aplicación del artículo 63.1 de la Convención Americana) párrs. 201-222 XV. Puntos Resolutivos párr. 223 I INTRODUCCIÓN DE LA CAUSA 1. El presente Caso es producto de la acumulación de los Casos Hilaire, Constantine y otros y Benjamin y otros 2, que fueron sometidos separadamente a la Corte por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión Interamericana” o “la Comisión”) en contra del Estado de Trinidad y Tobago (en adelante “el Estado” o “Trinidad y Tobago”) el 25 de mayo de 1999, 22 de febrero de 2000 y 5 de octubre de 2000, respectivamente. 2. Las demandas de la Comisión tienen su origen en las denuncias número 11.816 (Haniff Hilaire), 11.787 (George Constantine), 11.814 (Wenceslaus James), 11.840 (Denny Baptiste), 11.851 (Clarence Charles), 11.853 (Keiron Thomas), 11.855 (Anthony Garcia), 12.005 (Wilson Prince), 12.021 (Darrin Roger Thomas), 12.042 (Mervyn Edmund), 12.043 (Samuel Winchester), 12.052 (Martin Reid), 12.072 (Rodney Davis), 12.073 (Gangadeen Tahaloo), 12.075 (Noel Seepersad), 12.076 (Wayne Matthews), 12.082 (Alfred Frederick), 12.093 (Natasha De Leon), 12.111 (Vijay Mungroo), 12.112 (Phillip Chotalal), 12.129 (Naresh Boodram y Joey Ramiah), 12.137 (Nigel Mark), 12.140 (Wilberforce Bernard), 12.141 (Steve 2 La acumulación fue ordenada por la Corte Interamericana mediante Resolución de fecha 30 de noviembre de 2001, de conformidad con el artículo 28 de su Reglamento. En esa Resolución la Corte tomó en consideración, entre otros aspectos de la cuestión, que las partes en los Casos Hilaire, Constantine y otros y Benjamin y otros eran las mismas, es decir la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y el Estado de Trinidad y Tobago. Asimismo, la Corte consideró que el objeto era esencialmente idéntico en los tres casos, en el sentido de que todos estos se relacionaban con las garantías del debido proceso en supuestos de imposición de “pena de muerte obligatoria” a todas las personas condenadas por el delito de homicidio intencional en Trinidad y Tobago, siendo las únicas diferencias las circunstancias individuales de cada caso. Y finalmente que, los artículos de la Convención Americana que se alegaban como violados en cada caso eran fundamentalmente los mismos. Cfr. Corte I.D.H., Casos Hilaire, Constantine y otros y Benjamin y otros, Resolución de 30 de noviembre de 2001.

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