16
69.
Los peticionarios asimismo se refieren al impacto de estos hechos en el núcleo familiar
de dichas defensoras. La señora Yarce era madre de cinco hijos cuando fue asesinada14. La señora
Mosquera es madre cabeza de familia de cuatro hijos y actualmente vive con los mismos y con sus
nietos, a quienes ayuda y apoya emocionalmente15. Para la época en que tomó lugar la Operación
Orión dos de sus hijos eran menores de edad, y la señora Mosquera los tuvo que dejar viviendo solos en
la casa, porque ella no tenía condiciones económicas para desplazarse con ellos. La señora Mery
Naranjo es también madre cabeza de familia, y convive y ayuda económicamente a toda su familia,
compuesta por sus hijos y nietos16. En el presente asunto, los peticionarios asimismo identifican como
víctima a la niña Luisa María Escudero – sobrina de la señora Naranjo- al resultar herida en el
mencionado operativo militar que tomó lugar el 6 de febrero de 2006. Al momento de los hechos tenía
14 años de edad.
70.
En cuanto a los fundamentos de derecho del reclamo, los peticionarios alegan que el
Estado es responsable por la violación de los derechos a la integridad personal, a la libertad personal, a
las garantías judiciales, a la protección de la honra y la dignidad, a la libertad de asociación, a la
protección a la familia, de circulación y residencia, a la protección judicial y el deber de no suspender
derechos no derogables, previstos en los artículos 5(1), 7(1), 7(3) 8(1), 11, 16, 17 (1), 22(1), 25, y 27,
todo ello en relación con la obligación de respetar y garantizar contenida en el artículo 1.1 de la
Convención Americana de las líderes sociales Mosquera Londoño, Naranjo Jiménez y Yarce. Asimismo
alegan la violación del artículo 4 de la Convención Americana en perjuicio de la señora Ana Teresa Yarce
dadas las fallas del Estado en adoptar medidas razonables para proteger su vida.
B.
Posición del Estado
Contexto
71.
El Estado indica que el sitio conocido como la Comuna 13 se encuentra ubicado en la
zona noroccidental de Medellín. Esta zona está conformada por los barrios El Pesebre, Blanquizal, Santa
Rosa de Lima, Los Alcázares, Metropolitano, La Pradera, Juan XXIII – La Quiebra, San Javier, Veinte de
Julio, Belencito, Betania, El Corazón, La Independencia, Nuevos Conquistadores, El Salado, Eduardo
Santos, Antonio Nariño, El Socorro, y La Gabriela, las cuales albergaban alrededor de 130,000 habitantes
para el año 2002.
14
Los hijos de la señora Yarce son identificados por los peticionarios como Mónica Dulfari Orozco Yarce, Shirley
Vanessa Yarce, John Henry Yarce, Arlex Efrén Yarce y James Adrian Yarce. Según los peticionarios dos de los hijos han fallecido
como producto de la violencia – Arlex y James. Dos de sus hijas eran niñas para la fecha en que la señora Yarce fue asesinada –
Shirley Vanessa Yarce y Jhon Henry Yarce. Observaciones de los peticionarios en el asunto de Mery Naranjo Jiménez y Otras –
Comuna 13 – 12.621, de fecha 25 de marzo de 2010, páginas 3 y 4.
15
Los hijos de la señora Mosquera son identificados por los peticionarios como Marlon Daniel Herrera Mosquera,
Lubin Arjadi Mosquera, Hilda Milena Villa Mosquera, Iván Alberto Herrera Mosquera y Carlos Mario Villa Mosquera (fallecido).
Sus nietos son identificados como Luisa Fernanda Herrera Vera, Sofía Herrera Montoya, Madelen Araujo Correa, Luisa María
Mosquera Guisao, Lubín Alfonso Villa Mosquera, Daniel Esteven Herrera Vera, Carlos Mario Bedoya Serna y Mateo Rodríguez.
Observaciones de los peticionarios en el asunto de Mery Naranjo Jiménez y Otras – Comuna 13 – 12.621 de fecha 25 de marzo
de 2010, páginas 4 y 5.
16
Los hijos de la señora Naranjo son identificados por los peticionarios como Juan David, Alejandro, Sandra Janneth y
Alba Mery Naranjo Jiménez. Sus nietos son identificados como Erika Johann Gómez, Heidi Tatiana Naranjo Gómez, Sebastián
Naranjo Jiménez, María Camila Naranjo Jiménez, Aura María Amaya Naranjo, y Esteban Torres Naranjo. Comunicación de los
peticionarios en el asunto de Mery Naranjo Jiménez y Otras – Comuna 13 – 12.621 de fecha 25 de marzo de 2010, pág. 4.