RESOLUCIÓN DE LA
∗
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
DE 27 DE ENERO DE 2007
MEDIDAS PROVISIONALES
RESPECTO DE EL SALVADOR
AMPLIACION DE MEDIDAS PROVISIONES
A FAVOR DE RICARDO ALBERTO IGLESIAS HERRERA
EN RELACION CON LAS MEDIDAS PROVISIONALES
A FAVOR DE GLORIA GIRALT DE GARCIA PRIETO Y OTROS
CASO GARCIA PRIETO Y OTROS
VISTOS:
1.
El escrito de solicitudes, argumentos y pruebas presentado por el Centro por la
Justicia y el Derecho Internacional y el Instituto de Derechos Humanos de la
Universidad Centroamericana “José Simeón Cañas”, representantes de las presuntas
víctimas (en adelante “los representantes”) en el caso García Prieto Giralt y otros, el
26 de mayo de 2006, mediante el cual ofrecieron dentro de la prueba testimonial y
pericial a varios testigos y peritos, entre los que se encuentra el señor Ricardo Alberto
Iglesias Herrera, propuesto como perito.
2.
La Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante
“la Corte” o “el Tribunal”) de 26 de septiembre de 2006, mediante la cual requirió a la
República de El Salvador (en adelante “El Salvador” o “el Estado”) que adoptara de
forma inmediata las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida y a la
integridad personal de Gloria Giralt de García Prieto, José Mauricio García Prieto
Hirlemann, María de los Ángeles García Prieto de Charur, José Benjamín Cuellar
Martínez, Matilde Guadalupe Hernández de Espinoza y José Roberto Burgos Viale.
3.
La comunicación de los representantes de 29 de noviembre de 2006, mediante
la cual informaron que el señor Ricardo Alberto Iglesias Herrera, “quien fuera
[ofrecido] por esta representación como perito en el [presente] caso[,] sufrió un
atentado contra su vida e integridad personal”. Los representantes señalaron que los
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El Juez Diego García-Sayán se excusó de participar en la adopción y firma de las presentes medidas
provisionales.
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