44. El 2 julio de 1985 el señor Preckel presentó un reclamo administrativo ante la DGI solicitando el reconocimiento de sus derechos laborales y provisionales durante el lapso comprendido entre el 6 de julio de 1976 y el día que empezó nuevamente a laborar en dicho centro57. 45. El 19 de septiembre de 1986 la Procuración del Tesoro de la Nación emitió un dictamen en el cual consideró que las reclamaciones debían rechazarse58. La Procuración alegó lo siguiente: (…) la circunstancia de que la Circular 5/77 de la Secretaría General (…) haya determinado un criterio restrictivo en materia de reconocimiento de haberes sin prestación de servicios, impone limitar éste, a los supuestos en que exista norma expresa59. 46. El 19 de marzo de 1987 el Director General de la DGI emitió la resolución No. 75/87 en la que desestimó la solicitud de la señora Perrone presentada en abril de 198360. En dicha resolución se indicó que únicamente podían reconocerse sus derechos previsionales, para lo cual debía realizar una solución ante la Caja de Previsión61. 47. Por su parte, el 17 de diciembre de 1987 el Ministerio Economía emitió la resolución No. 1217 en la que rechazó la solicitud del señor Preckel62. El Ministerio notó que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio consideró que el reclamo era procedente63. Señaló que, no obstante, la Procuración del Tesoro de la Nación emitió un dictamen en un caso análogo al presente – en referencia al caso de la señora Perrone – en el cual consideró que no era viable pagar los haberes laborales dejados de percibir durante el tiempo que no asistieron a su centro de labores64. 2. Procedimiento judicial 48. El 24 de junio de 1988 la señora Perrone y el señor Preckel presentaron demandas, respectivamente, ante el juez federal en contra del Estado Nacional – Dirección General Impositiva65. 49. Las demandas se fundamentaron en el artículo 14.c del Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias de la Administración Pública Nacional - Decreto 3413 de 197966. Dicha disposición señala lo siguiente: 57 Anexo 3. Sentencia del Poder Judicial de la Nación, Noviembre de 1987. Sumario administrativo. Anexo a la petición inicial sobre Juan José Preckel. 58 Anexo 3. Dictamen de la Procuración del Tesoro de la Nación, 19 de septiembre de 1986. Sumario administrativo. Anexo a la petición inicial sobre Elba Clotilde Perrone. 59 Anexo 3. Dictamen de la Procuración del Tesoro de la Nación, 19 de septiembre de 1986. Sumario administrativo. Anexo a la petición inicial sobre Elba Clotilde Perrone. 60 Anexo 3. Resolución No. 75/87 del Director General de la DGI, 19 de marzo de 1987. Sumario administrativo. Anexo a la petición inicial sobre Elba Clotilde Perrone. 61 Anexo 3. Resolución No. 75/87 del Director General de la DGI, 19 de marzo de 1987. Sumario administrativo. Anexo a la petición inicial sobre Elba Clotilde Perrone. 62 Anexo 3. Resolución No. 1217 del Ministerio de Economía, 17 de diciembre de 1987. Sumario administrativo. Anexo a la petición inicial sobre Juan Preckel. 63 Anexo 3. Resolución No. 1217 del Ministerio de Economía, 17 de diciembre de 1987. Sumario administrativo. Anexo a la petición inicial sobre Juan Preckel. 64 Anexo 3. Resolución No. 1217 del Ministerio de Economía, 17 de diciembre de 1987. Sumario administrativo. Anexo a la petición inicial sobre Juan Preckel. 65 Anexo 4. Demanda ante juez federal, 24 de junio de 1988. Antecedentes judiciales. Anexo a la petición inicial sobre Elba Clotilde Perrone. Demanda ante juez federal, 24 de junio de 1988. Antecedentes judiciales. Anexo a la petición inicial sobre Juan Preckel. 66 Anexo 4. Demanda ante juez federal, 24 de junio de 1988. Antecedentes judiciales. Anexo a la petición inicial sobre Elba Clotilde Perrone. Demanda ante juez federal, 24 de junio de 1988. Antecedentes judiciales. Anexo a la petición inicial sobre Juan Preckel. 9

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