-5- 12. El objeto y modalidad de las declaraciones se determina en la parte resolutiva de la presente Resolución (infra puntos resolutivos 1 y 3). A.2) Admisibilidad de los dictámenes periciales ofrecidos por los representantes 13. Los representantes en su escrito de solicitudes y argumentos, ofrecieron los dictámenes periciales de las señoras Edna Karina Vaquerano Martínez15, Olga Patricia Roldán Monterroso16 y Patricia Saraí Villatoro Martínez17 y de los señores Juan Cristóbal Aldana18, Leonel González19, Denis Martínez20, y Luis Rodolfo Ramírez García21. En su lista definitiva los representantes reiteraron su ofrecimiento original exceptuaron el dictamen de la señora Edna Karina Vaquerano Martínez. Con respecto al dictamen de la señora Vaquerano Martínez, señalaron que “se renuncia [a] la declaración de la perito […] por economía procesal en virtud 15 Rendirá peritaje sobre: “los efectos físicos y psicológicos experimentados por Tirso Román Valenzuela Ávila, a causa de las violaciones padecidas en este caso, en particular por las torturas a Tirso Román, su permanencia prolongada en el corredor de la muerte, su posterior ejecución extrajudicial con la participación de agentes del Estado y la impunidad en que se mantienen todos los hechos hasta la fecha, así como las medidas que el Estado debe adoptar para reparar el daño causado a la víctima, entre otros aspectos relevantes para el caso”. 16 Rendirá peritaje sobre: “las irregularidades, negligencias y omisiones cometidas durante las primeras diligencias de investigación acerca de la ejecución de Tirso Román Valenzuela Ávila, tomando en cuenta las constancias dentro del expediente. También se referirá a las medidas que el Estado debería adoptar para evitar la repetición de hechos como los ocurridos en este caso”. Rendirá peritaje sobre: “el contexto socioeconómico de la situación de insuficiencia económica de las presuntas víctimas, y los daños causados a su familia por las violaciones ejercidas en contra del señor Valenzuela Ávila”. 17 Rendirá peritaje sobre: los “efectos psicosociales experimentados por Tirso Román Valenzuela Avila, Ludim Azucena Ruiz López, Jorge Luis Valenzuela Ruíz, Luis Fernando Valenzuela Ruíz, Tirso Román Valenzuela Ruíz y Florinda López de López, a raíz de las violaciones padecidas en este caso, en particular por la tortura de Tirso Román Valenzuela Ávila, las torturas sufridas, su permanencia prolongada en el corredor de la muerte, su posterior ejecución extrajudicial con la participación de agentes del Estado y la impunidad en que se mantienen todos los hechos hasta la fecha, las medidas que el Estado debe adoptar para reparar el daño causado a las víctimas, entre otros aspectos relevantes para el caso”. 18 Rendirá peritaje sobre: el análisis “[integro d]el expediente del proceso judicial que condenó a muerte a Tirso Román Valenzuela Ávila, e i) si el proceso observó las garantías procesales mínimas de acuerdo con los estándares interamericanos, en particular sobre el derecho a la defensa técnica y el control judicial de la misma; ii) el derecho a recurrir el fallo condenatorio, sus limitaciones en el marco de la legislación y práctica judicial guatemalteca y las violaciones que se cometieron en el presente caso; iii) las medidas que debería adoptar el Estado de Guatemala para garantizar el control judicial efectivo de la defensa técnica adecuada de acuerdo con los estándares interamericanos; iv) las medidas que debería adoptar el Estado de Guatemala para garantizar que las personas condenadas penalmente cuenten con un recurso ante una autoridad jerárquica competente que permita una revisión integral del fallo condenatorio, y garantice la no repetición de los hechos; v) otras medidas que el Estado debería adoptar para evitar la repetición de hechos como aquellos a los que se refiere este caso”. 19 Rendirá peritaje sobre: “temas de Derechos Humanos, violencia política, juventud y pandillas, desigualdad urbana y justicia transicional en Centroamérica, quien ofrecerá peritaje sobre: i) Programa de limpieza social a personas estigmatizadas. ii) Estructuras paralelas dentro de la Policía Nacional Civil, desde su creación hasta la actualidad. También se referirá a las medidas que el Estado debería adoptar para evitar la repetición de hechos como los ocurridos en este caso”. 20 Rendirá peritaje sobre: “i) las violaciones a los derechos humanos que se cometen dentro del Sistema Penitenciario, así como las necesidades para logro de un marco legal y diseño institucional que respete los derechos humanos. ii) Falta de mecanismos de documentación del actuar, de controles y de rendición de cuentas en la institución, que dieron lugar en las violaciones contra el señor Valenzuela. iii) El uso de excesivo y arbitrario de los guardias del sistema penitenciario y la falta de investigación adecuada y sanción de las mismas. iv) Elementos necesarios para un diseño adecuada de la institución penitenciaria y su importancia”. 21

Seleccionar párrafo de destino3