el enlace donde se encontrará disponible la grabación de la audiencia pública, a la brevedad posible luego de la celebración de la misma. 15. Informar a los representantes, al Estado y a la Comisión Interamericana que, en los términos del artículo 56 del Reglamento, cuentan con un plazo improrrogable hasta el 2 de mayo de 2021 para presentar sus alegatos finales escritos y observaciones finales escritas, respectivamente, en relación con el fondo y las eventuales reparaciones y costas en el presente caso. 16. Requerir al Estado que remita, a más tardar el 25 de marzo de 2021, los documentos solicitados como prueba para mejor resolver en el Considerando 17 de la presente Resolución. 17. Requerir a los representantes que remitan, a más tardar el 29 de enero de 2021, la información sobre los expedientes judiciales solicitados como prueba para mejor resolver, conforme a lo señalado en el Considerando 17 de la presente Resolución. 18. Declarar procedente la aplicación del Fondo de Asistencia Legal de Víctimas en los términos dispuestos en los párrafos considerativos 18 a 22 de esta Resolución. 19. Requerir a los representantes que, a más tardar junto con sus alegatos finales escritos, que deben ser presentados en el día indicado en el punto resolutivo 15 de la presente resolución, presenten los comprobantes que acrediten debidamente los gastos razonables efectuados respecto a lo indicado en los Considerandos 19 y 20 de la presente Resolución. El reintegro de los gastos se efectuará luego de la recepción de los comprobantes correspondientes 20. Disponer, de conformidad con el artículo 4 del Reglamento de la Corte sobre el Funcionamiento del Fondo de Asistencia Legal de Víctimas, que la Secretaría del Tribunal abra un expediente de gastos, donde se documentará cada una de las erogaciones que se realicen con el Fondo de Asistencia Legal de Víctimas. 21. Disponer que la Secretaría de la Corte Interamericana notifique la presente Resolución a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a los representantes y al Estado de Honduras. Elizabeth Odio Benito Presidenta Pablo Saavedra Alessandri Secretario Comuníquese y ejecútese, Elizabeth Odio Benito Presidenta Pablo Saavedra Alessandri Secretario 12

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