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sobre los plazos para contestarla y designar representación en el proceso, así como
para presentar el escrito de solicitudes, argumentos y pruebas, respectivamente. A
su vez, la Secretaría informó al Estado que tenía derecho a nombrar un juez ad hoc
para que participara en la consideración del caso.
16.
El 5 de marzo de 2002 los padres de las presuntas víctimas y la señora
Mónica Feria Tinta (en adelante “la representante de las presuntas víctimas y sus
familiares”) remitieron copia del poder otorgado por los primeros a la segunda para
que los representara en el proceso ante la Corte Interamericana. Asimismo, el día 22
de marzo de 2002 la representante de las presuntas víctimas y sus familiares remitió
copia del poder otorgado a su favor por los hermanos de las presuntas víctimas para
el trámite del caso ante la Corte.
17.
Mediante nota de 21 de marzo de 2002 el Estado comunicó la designación del
señor Francisco José Eguiguren Praeli como Juez ad hoc. Asimismo, comunicó la
designación del señor Julio Quintanilla Loaiza como agente.
18.
El 15 de abril de 2002 la representante de las presuntas víctimas y sus
familiares, después de haberle otorgado dos prórrogas, presentó su escrito de
solicitudes, argumentos y pruebas y sus anexos.
19.
El 22 de abril de 2002 el Estado remitió su escrito de contestación de la
demanda.
20.
El 10 de mayo de 2002 la Secretaría transmitió el escrito de solicitudes,
argumentos y pruebas, junto con sus anexos, al Estado y a la Comisión
Interamericana y les informó que contaban con un plazo de 30 días para la
presentación de las observaciones que estimaran pertinentes a las solicitudes
formuladas por la representante de las presuntas víctimas y sus familiares.
21.
El 21 de octubre de 2002 la representante de las presuntas víctimas y sus
familiares remitió una comunicación, en la que informó que “la familia [Gómez
Paquiyauri] v[enía] siendo objeto de asedio por parte del Agente del Estado
Peruano”.
22.
El 18 de noviembre de 2002 la Corte emitió una Resolución en la que
“[d]eclar[ó] que el señor Francisco José Eguiguren no está impedido para el ejercicio
del cargo de juez ad hoc en el presente caso”, en vista del cuestionamiento
presentado por la representante de las presuntas víctimas y sus familiares a la
figura del juez ad hoc.
23.
El 14 de mayo de 2003 se presentó un escrito en calidad de amicus curiae en
el presente caso2.
24.
El 1º de marzo de 2004 el Presidente de la Corte emitió una Resolución,
mediante la cual requirió que los señores Bent Sorensen y Ole Vedel Rasmussen
anexos y la restante documentación, se realizó el 7 de marzo de 2002. Dicha representante solicitó una
prórroga para la presentación de su escrito de solicitudes, argumentos y pruebas, la cual fue otorgada
hasta el 10 de abril de 2002, en consideración de las circunstancias particulares del presente caso.
2
Olleson.
El escrito en calidad de amicus curiae fue presentado por los señores James Crawford y Simon