LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, DECIDE: 1. Declarar admisible el presente caso con relación a los artículos 3, 4, 5, 7, 8, 17, 19 y 25 en conexión con el artículo 1.1 de la Convención Americana, y al artículo I de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas. 2. Notificar esta decisión al Estado guatemalteco y al peticionario. 3. Continuar con el análisis del fondo de la cuestión. 4. Publicar esta decisión e incluirla en su Informe Anual a la Asamblea General de la OEA. Dado y firmado en la ciudad de Washington, D.C., a los 24 días del mes de marzo de 2015. (Firmado): Rose-Marie Belle Antoine, Presidenta; James L. Cavallaro, Primer Vicepresidente; José de Jesús Orozco Henríquez, Segundo Vicepresidente; Felipe González, Rosa María Ortiz, Tracy Robinson y Paulo Vannuchi, Miembros de la Comisión. 9

Seleccionar párrafo de destino3