LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS,
DECIDE:
1.
Declarar admisible el presente caso con relación a los artículos 3, 4, 5, 7, 8, 17, 19 y 25 en
conexión con el artículo 1.1 de la Convención Americana, y al artículo I de la Convención Interamericana sobre
Desaparición Forzada de Personas.
2.
Notificar esta decisión al Estado guatemalteco y al peticionario.
3.
Continuar con el análisis del fondo de la cuestión.
4.
Publicar esta decisión e incluirla en su Informe Anual a la Asamblea General de la OEA.
Dado y firmado en la ciudad de Washington, D.C., a los 24 días del mes de marzo de 2015. (Firmado):
Rose-Marie Belle Antoine, Presidenta; James L. Cavallaro, Primer Vicepresidente; José de Jesús Orozco Henríquez,
Segundo Vicepresidente; Felipe González, Rosa María Ortiz, Tracy Robinson y Paulo Vannuchi, Miembros de la
Comisión.
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