6 los testigos Anne Ellen Stewart Orlandini, Raimundo Jesús Palamara Stewart, Humberto Antonio Palamara Stewart y Fernando Alejandro Palamara Stewart (supra párrs. 29 y 32). 36. El 9 de mayo de 2005 se celebró la audiencia pública sobre fondo y eventuales reparaciones y costas, en la cual comparecieron: a) por la Comisión Interamericana: Evelio Fernández Arévalo, delegado; Eduardo Bertoni, delegado; Víctor H. Madrigal Borloz y Lilly Ching, asesores; b) por los representantes de la presunta víctima: Liliana Tojo, Julieta Di Corleto y Francisco Cox Vial, abogados de CEJIL; c) por el Estado de Chile: Amira Esquivel Utreras, Agente; Miguel Ángel González Morales, Agente alterno; y Patricio Aguirre Vacchieri. Asimismo, comparecieron ante la Corte la presunta víctima, señor Humberto Antonio Palamara Iribarne, testigo propuesto por la Comisión y por los representantes, y el señor Cristian Riego Ramírez, perito propuesto por los representantes y convocados por el Presidente (supra párrs. 23 y 30). Asimismo, la Corte escuchó los alegatos finales de la Comisión, los representantes y el Estado. 37. El 3 de junio de 2005 los representantes presentaron un escrito y un anexo, mediante los cuales remitieron una copia de la declaración jurada del perito Alex Avsolomovich Callejas e indicaron que “lamenta[ban] la tardanza en su entrega pero recién ha[bía] sido remitid[a] luego de la operación a la cual fue sometido el […] Perito” (supra párrs. 23 y 31). 38. El 10 de junio de 2005 la Comisión presentó un escrito, mediante el cual indicó que “no tiene observaciones que formular” a la declaración jurada del perito Alex Avsolomovich Callejas (supra párr. 37). 39. El 15 de junio de 2005 Chile presentó sus observaciones a la declaración jurada del perito Alex Avsolomovich Callejas (supra párr. 37). 40. El 23 de junio de 2005 los representantes presentaron sus alegatos finales escritos sobre el fondo y las eventuales reparaciones y costas. 41. El 28 de junio de 2005 la Comisión Interamericana y el Estado presentaron sus alegatos finales escritos sobre el fondo y las eventuales reparaciones y costas. 42. El 18 de agosto de 2005 el Estado presentó un escrito, mediante el cual informó “que el poder legislativo chileno ha aprobado la reforma normativa que elimina la figura del desacato” e indicó que el “texto final del proyecto de reforma” sería remitido en cuanto fuera publicado en el Diario Oficial. 43. El 9 de septiembre de 2005 el Estado remitió un escrito y sus anexos, mediante los cuales presentó copia del texto de la Ley Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas de Chile, e indicó que “es un antecedente relevante para la resolución del caso y ha [sido] citada reiteradamente en este caso”. Asimismo, Chile adjuntó a dicho escrito una copia del Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, del Reglamento de Disciplina de la Armada y una copia de los artículos 299 a 339 del Código de Justicia Militar Comentado. 44. El 16 de septiembre de 2005 el Estado presentó un escrito y un anexo, mediante los cuales remitió una copia del texto de la Ley No. 20.048 y señaló que dicha Ley “eliminó la figura del desacato en la legislación chilena”. El 19 de septiembre de 2005 la Secretaría, siguiendo instrucciones del Presidente, otorgó un plazo hasta el 3 y 10 de octubre de 2005 para que los representantes y la Comisión presentaran, respectivamente, las observaciones que estimaran pertinentes al referido escrito y su anexo.

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