9 violencia en el Sur del César y, particularmente, la supuesta presencia de grupos paramilitares en la región con la presunta anuencia y colaboración de la fuerza pública allí acantonada, debiendo indicar la declarante por qué medios tuvo conocimiento de los hechos contextuales aludidos. 6) Araminta Omeara Miraval, quien declarará sobre: i) su conocimiento respecto a los supuestos móviles y autores de los alegados: asesinato de José Erminso Sepúlveda Saravia; atentado del padre de la declarante, Noel Emiro Omeara Carrascal; desaparición forzada y homicidio de su hermano Manuel Guillermo Omeara Miraval, y el atentado contra la vida de Héctor Álvarez Sánchez; ii) la presunta respuesta dada por las autoridades frente a estos hechos; iii) los alegados perjuicios económicos, morales y psicológicos causados por los crímenes en su familia, especialmente haciendo énfasis en el período de convalecencia de su padre Noel Emiro Omeara Carrascal desde la fecha del supuesto atentado, 28 de enero de 1994, hasta su fallecimiento el 26 de julio de 1994, y iv) las posibles medidas de reparación. 7) Héctor Manuel Álvarez Solano, quien declarará sobre: i) el conocimiento que tiene sobre los alegados crímenes sufridos por Noel Emiro Omeara Carrascal, Manuel Guillermo Omeara Miraval y Héctor Álvarez Sánchez; ii) las presuntas averiguaciones que hizo personalmente el declarante para establecer lo sucedido en los dos últimos casos; iii) la presunta respuesta de las autoridades; iv) las presuntas afectaciones económicas, familiares y morales sufridas a nivel individual y colectivo, y v) las posibles medidas de reparación. 8) Ricaurte Omeara Miraval, quien declarará sobre: i) los alegados: asesinato de José Erminso Sepúlveda Saravia; atentado del padre del declarante, Noel Emiro Omeara Carrascal; desaparición forzada y homicidio de hermano del declarante, Manuel Guillermo Omeara Miraval, y el atentado contra la vida de Héctor Álvarez Sánchez; ii) la supuesta respuesta obtenida de las autoridades estatales; iii) los presuntos perjuicios económicos, morales y psicológicos padecidos por él y la familia en razón de lo sucedido; iv) posibles medidas de reparación; v) el alegado contexto de violencia política existente en Aguachica para la época, la supuesta presencia del paramilitarismo en la región del Sur del César y las alegadas informaciones que la comunidad daba sobre el apoyo y colaboración de la fuerza pública con los grupos paramilitares, debiendo indicar el declarante por qué medios tuvo conocimiento de los hechos contextuales aludidos. 9) Noel Emiro Omeara Miraval, quien declarará sobre: i) los alegados perjuicios económicos, morales y psicológicos sufridos a nivel individual y colectivo por él y su familia a causa del atentado sufrido por su padre Noel Emiro Omeara Carrascal y su hermano Manuel Guillermo Omeara Miraval, y ii) las posibles medidas de reparación. 10) Erminso Sepúlveda Saravia, quien declarará sobre: i) las alegadas afectaciones económicas, sociales y psicológicas provocadas por el alegado asesinato de su padre José Erminso Sepúlveda Saravia; ii) los presuntos efectos ocasionados en su niñez y desarrollo social y familiar tanto personal como de sus hermanos menores de edad al momento de los hechos; iii) el alegado desplazamiento forzado a causa de los hechos; iv) la presunta desestructuración familiar, y v) las posibles medidas de reparación. 11) Maryeny Sepúlveda Chinchilla, quien declarará sobre: i) los presuntos perjuicios económicos, morales y psicológicos sufridos a nivel individual y colectivo

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