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participara en la consideración del caso. Igualmente, el 10 de abril de 2003 la
Secretaría, según lo dispuesto en el artículo 35.1.e del Reglamento, notificó la
demanda a los representantes, y les informó que contaban con un plazo de 30 días
para presentar su escrito de solicitudes, argumentos y pruebas.
11.
El 22 de mayo de 2003, luego de una prórroga concedida, los representantes
presentaron su escrito de solicitudes, argumentos y pruebas (en adelante “escrito de
solicitudes y argumentos”), al cual acompañaron prueba documental y ofrecieron
prueba testimonial y pericial.
12.
El 23 de mayo de 2003 el Estado designó como Agente al señor Oscar
Martínez Pérez, y como Agente Alterno al señor Mario Sandoval. Asimismo, designó
como Juez ad hoc al señor Ramón Fogel Pedroso. El 23 de julio de 2003, luego de
una prórroga concedida, el Estado presentó su escrito de contestación a la demanda
y de observaciones al escrito de solicitudes y argumentos (en adelante “contestación
a la demanda”), al cual adjuntó prueba documental y ofreció prueba testimonial y
pericial.
13.
El 10 de diciembre de 2004 la Secretaría, siguiendo instrucciones del
Presidente, solicitó a la Comisión Interamericana, a los representantes y al Paraguay
la remisión de las listas definitivas de testigos y peritos propuestos por cada uno de
ellos.
14.
El 31 de enero de 2005 el Presidente dictó una Resolución, mediante la cual
convocó a las partes a una audiencia pública que se celebraría en la sede de la Corte,
a partir del 4 de marzo de 2005, para escuchar sus alegatos finales orales sobre el
fondo y las eventuales reparaciones y costas; las declaraciones testimoniales de los
señores Esteban López, Tomás Galeano, Inocencia Gómez, Stephen William Kidd y
Rodrigo Villagra Carron, propuestos por la Comisión Interamericana y por los
representantes; la declaración pericial del señor Bartomeu Melia i Lliteres, propuesto
por la Comisión y por los representantes, así como la declaración pericial del señor
Pablo Balmaceda, propuesto por los representantes. Asimismo, en esta Resolución el
Presidente requirió la presentación, mediante declaración rendida ante fedatario
público (affidávit), del testimonio del señor Albino Fernández, propuesto por la
Comisión y por los representantes; del testimonio de los señores Oscar Centurión,
Teresa Vargas y Pedro Martínez, propuestos por el Estado; de los peritajes de los
señores Enrique Castillo, José Antonio Aylwin Oyarzún y José Alberto Braunstein,
ofrecidos por la Comisión y por los representantes, y de los peritajes de los señores
Fulvia Esther Prieto, Bernardo Jaquet y César Escobar Cattebecke, propuestos por el
Estado. Además, en esta Resolución el Presidente informó a las partes que contaban
con plazo hasta el 4 de abril de 2005 para presentar sus alegatos finales escritos en
relación con el fondo y las eventuales reparaciones y costas.
15.
Los días 12, 14 y 15 de febrero de 2005 la Comisión y los representantes
presentaron las declaraciones rendidas ante fedatario público (affidávits) por los
testigos y peritos por ellos propuestos. El 22 de febrero de 2005 el Estado remitió
los affidávits de dos testigos y de dos peritos, en respuesta a la citada Resolución del
Presidente (supra párr. 14).
16.
El 25 de febrero de 2005 el Estado informó sobre el “desistimiento de la
testigo Teresa Vargas y de la perito Esther Prieto, la primera en razón de su
incomparecencia ante el Escribano Mayor del Gobierno dentro del plazo establecido