acordaron una expresión tomada de la Declaración sobre los Derechos del Niño de 1959 362. 232. Ante la dificultad de encontrar una definición de “niño” en el artículo 1 del Proyecto, se eliminó la referencia al nacimiento como inicio de la niñez 363. Posteriormente, en el marco de las deliberaciones, Filipinas solicitó la inclusión de la expresión “tanto antes como después del nacimiento” en el Preámbulo 364, a la cual varios Estados se opusieron 365. Como compromiso se acordó que se incluyera en el Preámbulo tal referencia, pero que los trabajos preparatorios dejaran claro que el Preámbulo no determinaría la interpretación del artículo 1 de la Convención 366. 233. El Comité para los Derechos del Niño no ha emitido observación alguna de la cual se pueda deducir la existencia de un derecho a la vida prenatal. C.2.c) Sistema Europeo de Derechos Humanos 234. El artículo 2.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (en adelante “CEDH)” señala que “[e]l derecho de toda persona a la vida está protegido por la ley” 367. Los autores del CEDH se basaron para su redacción en la Declaración Universal de Derechos Humanos, por su “autoridad moral y valor técnico” 368. 235. La antigua Comisión Europea de Derechos Humanos y el Tribunal Europeo de Derecho Humanos (en adelante el “TEDH”) se han pronunciado sobre el alcance no absoluto de la protección de la vida prenatal en el contexto de casos de aborto y de tratamientos médicos relacionados con la fecundación in vitro. 236. En el Caso Paton vs. Reino Unido de 1980, que trató de una alegada violación del artículo 2 del CEDH en detrimento del no nacido por el aborto practicado por la voluntad de la madre en conformidad con las leyes nacionales, la Comisión Europea de Derechos Humanos sostuvo que los términos en que está redactada el CEDH “tienden a corroborar la apreciación de que [el artículo 2] no incluye al que está por nacer” 369. Agregó que reconocer un derecho absoluto a la vida prenatal sería “contrario al objeto y propósito de la 362 Cfr. UN Doc. E/CN.4/1408, §§ 277 (1980) (“Recognizing that, as indicated in the Declaration of the Rights of the Child adopted in 1959, the child due to the needs of his physical and mental development requires […] legal protection in conditions of freedom, dignity and security”). 363 Cfr. UN Doc. E/CN.4/1408, § 277 (1980). 364 Cfr. UN Doc. E/CN.4/1989/48, § 34 (1989). 365 Cfr. UN Doc. E(CN.4/1989/48, § 36 (1989). 366 UN Doc. E/CN.4/1989/48, § 43 (1989) (“Al aprobar este párrafo del preámbulo, el Grupo de Trabajo no pretende dar un juicio previo sobre la interpretación del artículo 1 o de cualquier otra disposición de la convención por los Estados Partes”). 367 Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, art. 2.1, aprobado el 4 nov. 1950, 213 STNU 222, S.T. Eur. Nº 5 (en vigor desde el 3 sep. 1953). 368 Committee on Legal and Administrative Questions Report, Section 1, Para. 6, 5 September 1949, in Collected Edition of the Travaux Preparatoires, Vol. 1 (1975), p. 194. ([T]he Committee considered that it was preferable […], as by reason of the moral authority and technical value of the document in question, to make use, as far as possible, of the definitions set out in the ‘Universal Declaration of Human Rights’). 369 Caso Paton vs. Reino Unido, Solicitud Nº 8416/79, Comisión Europea de Derechos Humanos, Dec. & Rep. 244 (1980), párr. 9. (Thus both the general usage of the term ‘everyone’ (‘toute personne’) of the Convention (para. 7 above) and the context in which this term is employed in Article 2 (para. 8 above) tend to support the view that it does not include the unborn).

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