Rosa Tanta Marín, quien falleció antes de la emisión de la Sentencia, por la violación de su derecho a la integridad personal. Además, dicho Ministro expresó que “hay un compromiso institucional” para “cumplir íntegramente” la Sentencia 16. 5. De conformidad con lo ordenado en la Sentencia, la fecha, lugar y formato 17 del acto fueron “concordados con la víctima y su representante” 18 . En cuanto a los requerimientos de difusión establecidos en el Fallo, el Tribunal advierte que el acto fue transmitido en vivo por “la cuenta del YouTube” del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y se le dio difusión en las redes sociales y la “página web institucional” de dicho Ministerio 19. Además, según lo informado por el Estado y no controvertido por las representantes, asistieron a la ceremonia distintos “medios de comunicación de radio, televisión y plataformas digitales”, los cuales “difundieron ampliamente [el] desarrollo de la misma” 20. 6. La Corte toma nota de que durante la celebración del acto se abrió un espacio para que la señora Azul Rojas Marín encendiera una vela en memoria de su madre, y la audiencia le dedicara “un minuto de silencio” 21 . De igual manera, destaca de modo positivo que, en sus respectivas intervenciones, algunas de las autoridades que conformaron la mesa principal del acto se refirieron a la situación de “especial vulnerabilidad” en que se encuentra la población LGBTI en el Perú, y a la significatividad de este caso y “la lucha constante e incansable de Azul” para hacer “evidente las limitaciones del Estado peruano respecto a la garantía de los derechos humanos de las personas trans”, de manera que a la postre se logre “asegurar que esta clase de hechos no vuelva a ocurrir” 22. La Corte toma nota de que, en su intervención, el Ministro de Justicia se refirió a la garantía de no repetición ordenada en el punto resolutivo décimo tercero de la Sentencia e indicó que su “Ministerio […] ha conformado al equipo técnico para la elaboración del Protocolo de Investigación y Administración de la Justicia durante los procesos penales para casos de personas LGBTI víctimas de violencia”. Cfr. Grabación del acto público de reconocimiento de responsabilidad, cuyo enlace fue aportado por el Estado en su informe de 15 de agosto de 2023: https://www.youtube.com/watch?v=Dt1ZmCra2-8&t=4618s (visitado por última vez el 30 de abril de 2024). 17 El Estado indicó que la “ceremonia se llevó a cabo […] bajo modalidad mixta: de manera presencial en el Auditorio Institucional y en simultáneo, vía la cuenta del YouTube del [Ministerio de Justicia y Derechos Humanos]”. Cfr. Informe estatal de 15 de agosto de 2023. 18 Según la información presentada por el Perú, la cual no ha sido controvertida por las representantes, la Corte toma nota de que en septiembre de 2022 las partes intercambiaron propuestas “para la realización del acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional”, para cuya discusión sostuvieron una “reunión de trabajo” el 5 de octubre de 2022. Cfr. Informe estatal de 15 de agosto de 2023. 19 El Estado aportó capturas de pantallas de varias “notas de prensa” sobre la celebración del acto, las cuales fueron publicadas en el “Twitter institucional” del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y en su “página web institucional”. Asimismo, aportó los enlaces en los cuales se encuentran actualmente disponibles https://www.gob.pe/institucion/minjus/noticias/666033-estado-peruano-realizaratales notas: actopublicode-reconocimiento-de-responsabilidad-internacional-a-azul-rojas-marin; https://twitter.com/MinjusDH_Peru/status/1587960387219165184?s=20&t=JmW85tP8av3I69eJygKbmw, y https://twitter.com/MinjusDH_Peru/status/1588304260080730112?s=20&t=JmW85tP8av3I69eJygKbmw (visitados por última vez el 30 de abril de 2024). 20 Cfr. Informe núm. 130-2022-JUS/DGDH-DAIPAN de la Dirección de Asuntos Internacionales, Promoción y Adecuación Normativa de 22 de noviembre de 2022 (anexo al informe estatal de 15 de agosto de 2023). 21 Cfr. Grabación del acto público de reconocimiento de responsabilidad, cuyo enlace fue aportado por el Estado en su informe de 15 de agosto de 2023: https://www.youtube.com/watch?v=Dt1ZmCra28&t=4618s (visitado por última vez el 30 de abril de 2024). 22 En su intervención, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables señaló que “en el Perú las lesbianas, gays, bisexuales, trans, intersexuales se encuentran en situación de especial vulnerabilidad��� y, citando una encuesta realizada por el “Instituto Nacional de Estadística e Informática” en el 2017, agregó que “el 56% de encuestados sentía temor de expresar su identidad de género o [su] orientación sexual” para “no sentirse discriminados”, y que “más del 71% de peruanos considera que [dicha] población […] es discriminada”. Cfr. Grabación del acto público de reconocimiento de responsabilidad, cuyo enlace fue aportado 16 -4-

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