122. Adicionalmente, el Tribunal advierte que el cirujano principal se ausentó de la
clínica y la dejó al cuidado del médico anestesiólogo208. Lo anterior fue también
reprochado por el referido Tribunal Disciplinario de la Federación Médica Venezolana, el
cual indicó que, en el presente caso, “hubo abandono de la paciente”, toda vez que el
cirujano principal era “el médico tratante” y no podía alegar que el anestesiólogo debía
responsabilizarse de la paciente209. Horas después, cuando se tuvo que proceder a una
intervención quirúrgica de urgencia para realizar la histerectomía previamente solicitada,
tal y como señaló la doctora M.M.R., la señora Rodríguez Pacheco se encontraba con
niveles de hemoglobina tan bajos210 que se encontraba ante “una amenaza inminente
de muerte”211.
123. Aunado a lo anterior, la Corte observa que varias de las acciones realizadas por el
equipo médico, ese mismo día y en días posteriores, tuvieron, de manera directa o
indirecta, un impacto negativo en la salud de la señora Rodríguez Pacheco. Así, la Corte
constata que, al menos, se produjeron tres actos que afectaron a la integridad física de
la señora Rodríguez Pacheco. El primero de ellos fue la deficiente extracción de la
placenta y detención del sangrado que presentaba, realizado en el marco de la cesárea,
y que provocó que horas después se tuviera que proceder a una histerectomía de
urgencia. Lo anterior fue corroborado, como ya se señaló, por el Tribunal Disciplinario
de la Federación Médica Venezolana, el cual reprochó -y sancionó por ello- al cirujano
principal que no hubiera realizado una “histerectomía total” 212. Además, en el marco de
una segunda intervención quirúrgica para realizar la referida histerectomía, la paciente
presentó una hemorragia213 y los médicos a cargo del procedimiento, al estar impedidos
de ver los órganos de la paciente, ligaron sus uréteres y los perforaron con material de
Cfr. Acta de entrevista al doctor L.R.A.P. de fecha 4 de noviembre de 1999 ante el Ministerio Público
del estado Lara (expediente de prueba, folios 3253 y 3254); Denuncia de la señora Rodríguez Pacheco ante el
Ministerio Público, de 18 de enero de 1999, en Sentencia del Juzgado Vigésimo Segundo de Caracas de 20 de
marzo de 2012 (expediente de prueba, folio 114), y Declaración de la señora Rodríguez Pacheco rendida en la
audiencia pública celebrada el día 21 de marzo de 2023 en el marco del 155 o Período Ordinario de Sesiones.
209
Cfr., Decisión del Tribunal Disciplinario de la Federación Médica Venezolana, Sentencia de 28 de
agosto de 2001 (expediente de prueba, folio 937).
210
Además, la Dra. M.M.R., quien participó como parte del equipo médico que realizó la histerectomía,
indicó que la señora Rodríguez Pacheco se encontraba “en malas condiciones con la tensión baja” y que la
paciente presentaba “coágulos múltiples” en su matriz. Cfr. Acta de entrevista a M.M.R. de fecha 30 de marzo
de 1999, ante la Delegación del estado Lara del Cuerpo Técnico de la Policía Judicial, en Sentencia del Juzgado
Vigésimo Segundo de Caracas, de 20 de marzo de 2012 (expediente de prueba, folios 17 y 18).
211
Cfr. Declaración de la señora Rodríguez Pacheco rendida en la audiencia pública celebrada el día 21
de marzo de 2023 en el marco del 155o Período Ordinario de Sesiones.
212
Cfr. Decisión del Tribunal Disciplinario de la Federación Médica Venezolana, Sentencia de 28 de agosto
de 2001 (expediente de prueba, folio 937).
213
Cfr. Acta de entrevista a C.E.H.G. de fecha 21 de enero de 1999, ante la Delegación del estado Lara
del Cuerpo Técnico de la Policía Judicial, en Sentencia del Juzgado Vigésimo Segundo de Caracas, de 20 de
marzo de 2012 (expediente de prueba, folio 10); Acta de entrevista a M.M.R. de fecha 30 de marzo de 1999,
ante la Delegación del estado Lara del Cuerpo Técnico de la Policía Judicial, en Sentencia del Juzgado Vigésimo
Segundo de Caracas, de 20 de marzo de 2012 (expediente de prueba, folios 17 y 18), y Acta de entrevista a
J.C.Z.P. de fecha 14 de abril de 1999, ante la Delegación del estado Lara del Cuerpo Técnico de la Policía
Judicial, en Sentencia del Juzgado Vigésimo Segundo de Caracas, de 20 de marzo de 2012 (expediente de
prueba, folios 23 y 24).
208
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