RESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS DE 26 DE AGOSTO DE 2002 MEDIDAS PROVISIONALES RESPECTO DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA CASO DEL PERIÓDICO “LA NACIÓN” VISTOS: 1. Los hechos enunciados en los vistos de la Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte”, “la Corte Interamericana” o “el Tribunal”) de 6 de diciembre de 2001. 2. La Resolución de la Corte de 7 de septiembre de 2001, mediante la cual decidió: 1. Requerir al Estado de Costa Rica que adopt[ara], sin dilación, cuantas medidas sean necesarias para dejar sin efectos la inscripción del señor Mauricio Herrera Ulloa en el Registro Judicial de Delincuentes hasta que el caso sea resuelto de manera definitiva por los órganos del sistema interamericano de derechos humanos. 2. Requerir al Estado de Costa Rica que suspend[iera] la orden de publicar en el periódico “La Nación” el “por tanto” de la sentencia condenatoria dictada por el Tribunal Penal de Juicios del Primer Circuito Judicial de San José el 12 de noviembre de 1999, y que suspend[iera] la orden de establecer una “liga”, en La Nación Digital, entre los artículos querellados y la parte dispositiva de esa sentencia. 3. Requerir al Estado de Costa Rica que, dentro del plazo de 30 días contados a partir de la notificación de la […] Resolución, inform[ara] a la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre las medidas que haya adoptado en cumplimiento de la misma, y asimismo a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que present[ara] sus observaciones a dicho informe dentro del plazo de 30 días a partir de su recepción. 3. El escrito recibido el 30 de julio de 2002, mediante el cual el Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado de Costa Rica (en adelante “el Estado” o “Costa Rica”) remitió el exhorto emitido el 27 de junio de 2002 por el Juez Tramitador del Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de San José. Según se indica en el exhorto, el Tribunal de Juicios del Primer Circuito Judicial de San José emitió una resolución el 17 de junio de 2002, mediante la cual ordenó consultar a la Corte Interamericana “si las Medidas Provisionales acordadas en su oportunidad, en el caso del periódico ‘La Nación’, lo son respecto [de] la totalidad de la sentencia, tanto en el ámbito penal como civil, o si por el contrario lo son únicamente en lo relativo a la esfera penal”.

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