12 8. El 8 de mayo de 2012 el Presidente de la Corte (en adelante, “el Presidente”) dictó una Resolución mediante la cual declaró procedente la solicitud interpuesta por las presuntas víctimas, a través de su representante, para acogerse al Fondo de Asistencia de la Corte (supra párr. 6). 9. El 6 y 7 de julio de 2012 la representante y la Comisión Interamericana, respectivamente, presentaron sus observaciones a las excepciones preliminares interpuestas por el Estado y al reconocimiento parcial de responsabilidad (supra párr. 7). 10. El 1 de agosto de 2012 el Presidente del Tribunal dictó una Resolución mediante la cual ordenó recibir las declaraciones rendidas ante fedatario público (affidávit) de 16 presuntas víctimas y 2 peritas propuestas por la representante, y 2 peritos propuestos por la Comisión Interamericana. Asimismo, el Presidente del Tribunal convocó a la Comisión, a la representante y al Estado a una audiencia pública para recibir la declaración de una presunta víctima y una perita propuestas por la representante, y de un perito propuesto por la Comisión, así como para escuchar los alegatos finales orales de la representante y del Estado, y las observaciones finales orales de la Comisión, sobre las excepciones preliminares y eventuales fondo, reparaciones y costas en el presente caso 6. 11. El 10 de agosto de 2012 la representante solicitó que la declaración de la señora Stella Maris Fernández, presunta víctima convocada para rendir su declaración durante la audiencia pública (supra párr. 10), fuera recibida a través de un medio electrónico audiovisual durante la audiencia o, en su defecto, mediante affidávit, pues se encontraba imposibilitada de asistir a la referida audiencia por razones de salud. El 13 de agosto de 2012 la Secretaría de la Corte solicitó a la Comisión Interamericana y al Estado presentar sus observaciones al respecto. Por no existir oposición a dicha solicitud, mediante la Resolución de 23 de agosto de 2012 el Presidente del Tribunal autorizó que la presunta víctima rindiera su declaración a través de una videoconferencia durante la audiencia pública. 12. La audiencia pública fue celebrada el día 30 de agosto de 2012 durante el 96 Período Ordinario de Sesiones de la Corte7. Durante ésta, el Tribunal solicitó a las partes y a la Comisión Interamericana la remisión de determinadas aclaraciones, información adicional y prueba para mejor resolver, al presentar sus alegatos y observaciones finales escritos. 13. El 29 de agosto y 6, 11, 13 y 14 de septiembre de 2012, respectivamente, un grupo de investigadores del Centro de Estudios de Ejecución Penal 8, el Instituto Brasileño de Ciencias Criminales9, la Asociación por los Derechos Civiles10, Amnistía Internacional11, el 6 Cfr. Caso Mendoza y Otros Vs. Argentina. Resolución del Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 1 de agosto de 2012 (expediente de fondo, tomo II, folio 1098 a 1113). Disponible en http://www.corteidh.or.cr/docs/asuntos/mendoza_01_08_12.pdf. 7 A esta audiencia pública comparecieron por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos: Rosa María Ortíz, Comisionada y Silvia Serrano Guzmán, Especialista de la Secretaría Ejecutiva; por las presuntas víctimas: Mariana Grasso, Defensora Pública Subrogante ante la Cámara Nacional de Casación Penal, Nicolás Laino, Prosecretario Letrado de la Defensoría General de la Nación y Stella Maris Fernández, presunta víctima; por la República de Argentina: Javier Salgado, Agente Director de Controversias Internacionales, Gabriel Lerner, Secretario Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, Martín Navarro, Director de Asuntos Legales de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, María Julia Loreto, de la Dirección de Controversias Internacionales, Yanina Berra Rocca, de la Dirección de Consejería Legal, María José Ubaldini, de la Subsecretaria de Derechos Humanos de la Provincia de Mendoza, y Enrique Castillo Barrantes, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto. 8 Cfr. Amicus Curiae presentado por el Grupo de Investigadores Centro de Estudios de Ejecución Penal, conformado por Silvana Di Vincenzo, Ariel Sebastian Garin, Nvard Nazaryan y Adalberto Polti (expediente de fondo, tomo III, folios 1856 a 1888). 9 Cfr. Amicus Curiae presentado por el Instituto Brasilero de Ciencias Criminales, suscrito por Marta Cristina Cury Gimenes (expediente de fondo, tomo II, folios 1788 a 1828).

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