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ciudades, la escasez de medios económicos, y el temor de presentarse ante los
funcionarios de un hospital, de la policía o de la alcaldía “pedánea” y ser expulsados 136. No
obstante, esas no son las únicas dificultades. En tal sentido, este Tribunal también ha
notado que se ha indicado que ha habido casos en que las autoridades públicas
dominicanas dificultan la obtención de las actas de nacimiento de las niñas y los niños de
ascendencia haitiana 137, y que los padres que son migrantes haitianos o dominicanos de
ascendencia haitiana suelen enfrentarse a prácticas discriminatorias en las Oficialías de
Registro Civil 138. Estas prácticas les impiden de hecho registrar el nacimiento de sus hijos.
Las sospechas sobre la autenticidad de los documentos presentados para el registro, el
lenguaje peyorativo y las actitudes desdeñosas son obstáculos a los que la mayoría de los
padres haitianos o que son considerados haitianos se ven enfrentados 139.
166. Las dificultades no se agotan en la obtención de documentos personales o de
identidad, sino que se extienden a la utilización de tales documentos, lo que, asimismo,
tampoco es un problema reciente. En ese sentido, el Comité para la Eliminación de la
Discriminación Racial emitió en 2008 sus observaciones a los Informes enviados por la
República Dominicana en los años 2000, 2002, 2004 y 2006 y expresó su preocupación
acerca de múltiples casos de ciudadanos dominicanos de ascendencia haitiana a quienes
les habían sido confiscados y destruidos certificados de nacimiento, cédula de identidad y
documentos de identidad electoral, o bien se les había negado una copia de ellos debido a
su origen étnico 140. En sentido similar, el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre las
Formas Contemporáneas de Racismo, Discriminación Racial, Xenofobia y formas conexas
de intolerancia y la Experta Independiente sobre Cuestiones de las Minorías han destacado
que las personas de ascendencia haitiana nacidas en la República Dominicana que fueron
entrevistadas durante su visita a República Dominicana, realizada del 23 al 29 de octubre
de 2007, informaron sin excepciones que, debido al color de su piel o a su aspecto o
nombre haitianos, les resulta prácticamente imposible obtener documentos de identidad o
incluso copias o renovaciones de documentos anteriormente emitidos. El Relator Especial
y la Experta Independiente destacaron también que sin documentos de identidad que
permitan verificar su presencia legal en el país, estas personas quedan a merced de su
expulsión a Haití 141.
136
Caso Niñas Yean y Bosico Vs. República Dominicana, párr. 109.10 y nota a pie de página 47. En el mismo
sentido se manifestó el perito Samuel Martínez (Cfr. Declaración rendida por Samuel Martínez en el caso Niñas
Yean y Bosico Vs. República Dominicana).
137
Caso Niñas Yean y Bosico Vs. República Dominicana, párr. 109.11.
138
Primera Encuesta Nacional de Inmigrantes en la República Dominicana, pág. 19.
139
Amnistía Internacional, Vidas en tránsito: la difícil situación de la población migrante haitiana y de la población
dominicana de ascendencia haitiana.
140
Organización de las Naciones Unidas, Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, Observaciones
finales sobre los informes periódicos 13° y 14° de la República Dominicana, párr. 16.
141
Organización de las Naciones Unidas, Informe del Relator Especial sobre las Formas Contemporáneas de
Racismo, Discriminación Racial, Xenofobia y formas conexas de intolerancia Doudou Diène, y la experta
independiente sobre las cuestiones de las minorías, Gay McDougall, párr. 55.
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