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2.
Que de conformidad con lo señalado en el Considerando 71 de la presente
Resolución, el Estado ha cumplido parcialmente con su obligación de pagar a las personas
señaladas en los anexos I, II y III de la Sentencia por concepto de la indemnización por
daño material e inmaterial (puntos resolutivos vigésimo tercero y vigésimo cuarto del Fallo).
3.
Que de conformidad con lo señalado en los Considerandos 16, 20, 26, 32, 36, 40,
44, 54 y 71 de la presente Resolución, las siguientes obligaciones se encuentran pendientes
de cumplimiento:
a)
llevar adelante las diligencias necesarias para proveer justicia en el
(punto resolutivo decimoquinto de la Sentencia);
caso
b)
brindar gratuitamente el tratamiento adecuado que requieran los familiares de
las víctimas ejecutadas en el caso (punto resolutivo decimosexto de la Sentencia);
c)
realizar las acciones necesarias para garantizar las condiciones de seguridad
para que los ex habitantes de los corregimientos de El Aro y La Granja que se hayan
visto desplazados puedan regresar a El Aro o La Granja, según sea el caso y si así lo
desearan (punto resolutivo decimoséptimo de la Sentencia);
d)
realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional
por los hechos del caso, con presencia de altas autoridades (punto resolutivo
decimoctavo de la Sentencia);
e)
implementar un programa habitacional, mediante el cual se provea de
vivienda adecuada a aquellas víctimas sobrevivientes que perdieron sus casas y que
así lo requieran (punto resolutivo decimonoveno de la Sentencia);
f)
fijar una placa en un lugar público apropiado en cada uno de los
corregimientos de La Granja y El Aro, con el propósito de que las nuevas
generaciones conozcan acerca de los hechos que dieron lugar al caso (punto
resolutivo vigésimo de la Sentencia);
g)
publicar en el Diario Oficial, por una sola vez, el capítulo relativo a los hechos
probados del Fallo, sin las notas al pie de página correspondientes, y la parte
resolutiva de la Sentencia (punto resolutivo vigésimo segundo del Fallo), y
h)
pagar a las personas señaladas en los anexos I, II y III de la Sentencia por
concepto de la indemnización por daño material e inmaterial (puntos resolutivos
vigésimo tercero y vigésimo cuarto del Fallo).