38
8.
Juan Humberto Sánchez fue trasladado por la fuerza al Destacamento de la
Concepción, donde fue sometido a interrogatorios por miembros de un comando
especial del ejército, conocido como “Tucán”43;
9.
el 12 de julio de 1992 el señor Juan José Vijil Sánchez reportó al
Destacamento de Colomoncagua la captura de Juan Humberto Sánchez. Al día
siguiente funcionarios del referido destacamento visitaron la casa del señor Vijil,
tomaron las declaraciones del caso y revisaron el techo de la vivienda. El 15 de
julio de 1992 regresaron a la casa de la familia Vijil Sánchez cinco agentes del
Décimo Batallón buscando armas44;
10.
el 21 de julio de 1992, el cuerpo sin vida de Juan Humberto Sánchez fue
encontrado por un grupo de personas en el Río Negro, cerca del sitio denominado
Cotala y en una poza conocida como El Mecatero, en estado de descomposición45.
1995 en expediente que se encuentra en la Secretaría de la Corte y se denomina “Caso Juan Sánchez.
Fondo. Tomo II”, anexo 1 de la contestación de la demanda, págs. 684 a 685; Declaración de Mario de
Jesús Sánchez ante el Juzgado de Paz de Colomoncagua de 9 de marzo de 1995 en expediente que se
encuentra en la Secretaría de la Corte y se denomina “Caso Juan Sánchez. Fondo. Tomo II”, anexo 1 de
la contestación de la demanda, pág. 685; Auto de prisión contra Ángel Belisario Hernández del Juzgado
Segundo de Letras del Departamento de Intibucá de 13 de octubre de 1998 en expediente que se
encuentra en la Secretaría de la Corte y se denomina “Caso Juan Sánchez. Fondo. Tomo II”, anexo 1 de
la contestación de la demanda, pág. 717; Nota periodística del Diario Tiempo “ Un subteniente del
Décimo Batallón de Infantería dio la orden de capturar al joven que apareció muerto en Colomoncagua”
de 1 de agosto de 1992 en expediente que se encuentra en la Secretaría de la Corte y se denomina
“Anexos correspondientes al escrito de observaciones de los representantes de la presunta víctima y
sus familiares ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos,” anexo 1, pág. 1; Ampliación de
Declaración de María Dominga Sánchez ante COFADEH de 10 de noviembre de 2001 en expediente que
se encuentra en la Secretaría de la Corte y se denomina “Anexos correspondientes al escrito de
observaciones de los representantes de la presunta víctima
y sus familiares ante la Corte
Interamericana de Derechos Humanos”, anexo 9, págs. 26 a 37; Declaración indagatoria de Ángel
Belisario Hernández González de 17 de enero de 2003, en expediente que se encuentra en la Secretaría
de la Corte y se denomina; “Transcripción de audiencia pública. Excepciones/Fondo/Reparaciones”,
anexo 12 de alegatos finales orales del Estado, pág. 26-33; Certificación del Auto de Prisión contra el
señor Ángel Belisario Hernández González de 11 de febrero de 2003 en expediente que se encuentra en
la
Secretaría
de
la
Corte
y
se
denomina
“Transcripción
de
audiencia
pública.
Excepciones/Fondo/Reparaciones”, pág. 40-41; Declaración jurada de Celso Sánchez Domínguez
emitida el 28 de febrero de 2003 en expediente que se encuentra en la Secretaría de la Corte y se
denomina “Transcripción de audiencia pública. Excepciones/Fondo/Reparaciones”, págs. 51 a 59; y
Comisionado Nacional de los Derechos Humanos “Los hechos hablan por sí mismos. Informe preliminar
sobre los desaparecidos en honduras 1980 1993”, Segunda Edición. Editorial Guaymuras, Tegucigalpa,
2002, en expediente que se encuentra en la Secretaría de la Corte y se denomina “Transcripción de
audiencia pública. Excepciones/Fondo/Reparaciones”, pags. 296 a 297.
43
Cfr. Comisionado Nacional de los Derechos Humanos “Los hechos hablan por sí mismos.
Informe preliminar sobre los desaparecidos en honduras 1980 1993”, Segunda Edición. Editorial
Guaymuras, Tegucigalpa, 2002, en expediente que se encuentra en la Secretaría de la Corte y se
denomina “Transcripción de audiencia pública. Excepciones/Fondo/Reparaciones”, pags. 249, 296 y 297.
44
Cfr. Declaración del señor Juan José Vijil Hernández ante el COFADEH de 5 de agosto de 1992
en expediente que se encuentra en la Secretaría de la Corte y se denomina “Caso Juan Sánchez. Fondo.
Tomo I”, anexo 2 de la demanda, págs. 120 a 131; Declaración a la prensa de la señora María Dominga
Sánchez, nota del Diario La Tribuna “parientes de muchacho asesinado denuncian amenazas de
militares” de 31 de julio de 1992 en expediente que se encuentra en la Secretaría de la Corte y se
denomina “Caso Juan Sánchez. Fondo. Tomo I”, anexo 6 de la demanda, pág. 138; y Declaración de
Juan José Vijil Hernández ante el Juzgado de Paz de Colomoncagua de 9 de marzo de 1995 en
expediente que se encuentra en la Secretaría de la Corte y se denomina “Caso Juan Sánchez. Fondo.
Tomo II”, anexo 1 de la contestación de la demanda, págs. 680 a 681.
45
Declaración de María Dominga Sánchez rendida ante la Corte Interamericana el 3 de marzo de
2003; Declaración del Juez de Paz de Colomoncagua, Carlos Manuel Delcid Coello, rendida ante
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