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“bateyes”, comunidades pequeñas que carecen de luz, agua y servicios básicos.
Manifestó que las expulsiones se dan sin previo aviso. Expresó que hay legisladores
y personas del Gobierno que pidieron, a través de los medios de comunicación, que
ella fuera detenida, investigada y expulsada y, asimismo, sus hijos y su familia han
sido atemorizados. Finalmente, agregó que la práctica de las expulsiones continúa
hasta la fecha.
14.
El escrito sometido por la República Dominicana, al finalizar la audiencia
pública ante la Corte, y sus Anexos, por medio de los cuales alegó que
a)
la Comisión se precipitó en su solicitud de medidas provisionales
porque no esperó la respuesta del Estado ni usó los medios y mecanismos de
que disponía para comprobar la denuncia de los peticionarios;
b)
la deportación de extranjeros que se encuentran ilegalmente en
territorio dominicano es un “derecho irrenunciable e innegociable del Estado
dominicano pues el mismo constituye uno de los atributos fundamentales de
su soberanía”, consagrado en su ordenamiento jurídico, el cual no viola
ningún tratado o convención que el Estado haya firmado o ratificado;
c)
en la República Dominicana existe un procedimiento de deportación
que garantiza el debido proceso y el tratamiento individualizado de los casos
de deportación.
Dicho procedimiento consiste en tres etapas que son:
detención e identificación, investigación y depuración y, por último,
verificación y confirmación;
d)
antes de deportar a una persona, las autoridades competentes
establecen con precisión su identidad y su status jurídico en el Estado para
distinguir las personas pasibles de ser deportadas de las que no lo son. Las
personas a ser deportadas están sujetas a una verificación final previa a su
entrega a las autoridades haitianas, en la cual participan los Cónsules
haitianos;
e)
la República Dominicana ha hecho un esfuerzo sostenido en establecer
mecanismos de repatriación de haitianos con la debida protección de
derechos, compromiso que se ha manifestado en los últimos años mediante
una profundización en las relaciones de colaboración entre el Gobierno
dominicano y el Gobierno haitiano a través de la firma de distintos convenios
de cooperación sobre esta materia;
f)
no es cierto que “la vida e integridad física de un alto número de
personas” esté en peligro en la República Dominicana;
g)
el número de repatriados mensualmente debe analizarse en el
contexto de la inmigración masiva de ciudadanos haitianos hacia territorio
dominicano; aún así, las estadísticas de la Dirección General de Migración
señalan que en ningún mes las repatriaciones alcanzaron la cifra de 1.000
personas;
h)
la República Dominicana tiene serias dificultades para absorber un
número indefinido y constante de refugiados en razón de sus propias
limitaciones, toda vez que éste es un problema que hay necesidad de resolver
dentro de una coyuntura global;