y Sylvio Dard es reportero de medios internacionales y activo defensor de
derechos humanos;
b) Los integrantes del CCDH “reciben cotidianamente amenazas por parte de
funcionarios, ex funcionarios y militares en relación con su labor en el
cumplimiento de la sentencia en el caso Dorzema”. En tal sentido, por una
parte “intentan negociar con los integrantes del CCDH para que no se abra
instancias judiciales ante los tribunales de jurisdicción ordinaria y, por otra
parte, se invoca las consecuencias graves por su seguridad si los
responsables fueran acusados ante dichos tribunales”;
c) Los señores Roberto José Antúan y Manuel de Jesús Dandré afirmaron sufrir
amenazas, provocaciones y vigilancia cotidiana de sus labores3. En este
sentido, el señor Roberto José Antúan señaló que es “permanentemente
interceptado por personas que le sugieren “cuidarse” de las consecuencias
que puede tener su desempeño como representante de las víctimas en el
caso Dorzema, especialmente en el caso de que los responsables de los
hechos sean llevados ante los tribunales de jurisdicción ordinaria”;
d) “La gravedad de los actos de hostigamiento de los que han sido víctimas los
integrantes del CCDH, y de sus familiares, se origina como represalia por
sus labores como representantes de las víctimas en el caso Dorzema y por
su condición de defensores y defensoras de derechos humanos de personas
dominicanas de ascendencia haitiana en el país”;
e) “La gravedad y el riesgo inminente de sufrir daños contra la vida, la
integridad y la seguridad personales de defensoras y defensores de
derechos de DAH queda en sí misma demostrada por el hecho de la
pertenencia de las beneficiarias a la misma minoría que resulta víctima de la
desprotección, la discriminación y la violencia que dirige activamente en su
contra el mismo Estado”, y
f) “La totalidad de las reuniones pactadas con instituciones y funcionarios del
Estado para dar seguimiento a la implementación de la sentencia del caso
Dorzema, según lo dispuesto por [la] Corte, fueron antecedidas y
precedidas de amenazas graves contra las autoridades del CCDH”.
6.
Que los representantes argumentaron otra serie de hechos y alegatos para
fundamentar la solicitud. En síntesis, señalaron que, en la Sentencia de la Corte en
el caso de personas dominicanas y haitianas expulsadas Vs. República Dominicana
de 28 de agosto de 2014 se señaló que, en República Dominicana existe un
contexto de discriminación estructural y sistemática en contra de personas
dominicanas de ascendencia haitiana y personas haitianas, grupo al cual
pertenecen los integrantes del CCDH, lo cual se ha agravado como consecuencia de
la sentencia TC/0168 del Tribunal Constitucional que revocó la nacionalidad
dominicana a todas las personas de origen haitiano que no pudieron acreditar el
3
La vigilancia informal y permanente se extiende a las manifestaciones que organiza el CCDH
para el reclamo pacífico al Estado frente a la inobservancia de lo dispuesto por la Corte en el caso
Dorzema o por las graves consecuencias de la Sentencia TC/0168/13 o las expulsiones colectivas de
DAH.
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