RESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS ∗ DE 7 DE OCTUBRE DE 2019 REINTEGRO AL FONDO DE ASISTENCIA LEGAL DE VÍCTIMAS CASO MUJERES VÍCTIMAS DE TORTURA SEXUAL EN ATENCO VS. MÉXICO VISTO: 1. La Sentencia de excepciones preliminares, fondo, reparaciones y costas dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte”, “la Corte Interamericana” o “el Tribunal”) el 28 de noviembre de 2018 1. La Corte, tomando en cuenta el reconocimiento parcial de responsabilidad internacional efectuado por los Estados Unidos Mexicanos (en adelante “el Estado” o “México”), declaró su responsabilidad por las violaciones de los derechos a la integridad personal y a la vida privada, en perjuicio de once mujeres contra quienes agentes policiales utilizaron ilegítima e innecesariamente la fuerza en el marco de los operativos llevados a cabo en los municipios de San Salvador de Atenco, Texcoco y en la carretera Texcoco Lechería para reprimir las manifestaciones ocurridas en mayo de 2006. El Tribunal también concluyó que siete de ellas 2 sufrieron una violación al derecho de reunión puesto que estaban participando en la manifestación cuando fueron sometidas a dicho uso de la fuerza. La Corte determinó que las once víctimas fueron golpeadas, insultadas, maltratadas y sometidas a diversas formas de violencia sexual, incluyendo violación sexual en el caso de siete de ellas 3, por múltiples policías al momento de su detención, durante sus traslados al centro penal en el que permanecieron detenidas y al ingreso al mismo. El Tribunal resaltó que la violencia sexual fue utilizada como un arma más en la represión de la protesta, y concluyó que el trato que las y los médicos dieron a las once mujeres víctimas del presente caso constituyó un elemento adicional de la violencia sexual a la que fueron sometidas, que a su vez constituyó un trato cruel y degradante. La Corte también constató la naturaleza discriminatoria de las agresiones sufridas y determinó que las once mujeres fueron víctimas de tortura. En lo que respecta a la prisión preventiva que les fue impuesta de forma arbitraria, se constató una violación a la libertad personal y al derecho de defensa. Además, se determinó El Juez Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot, de nacionalidad mexicana, no participó en la deliberación y firma de la Sentencia del presente caso, ni en el conocimiento y deliberación de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 19.2 del Estatuto y 19.1 del Reglamento de la Corte. 1 Cfr. Caso Mujeres Víctimas de Tortura Sexual en Atenco Vs. México. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 28 de noviembre de 2018. Serie C No. 371. El texto íntegro de la Sentencia se encuentra disponible en: http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_371_esp.pdf. La Sentencia fue notificada al Estado el 21 de diciembre de 2018. 2 Norma Aidé Jiménez Osorio, Suhelen Gabriela Cuevas Jaramillo, Bárbara Italia Méndez Moreno, Angélica Patricia Torres Linares, Claudia Hernández Martínez, Mariana Selvas Gómez y Georgina Edith Rosales Gutiérrez. 3 Norma Aidé Jiménez Osorio, Mariana Selvas Gómez, Ana María Velasco Rodríguez, Suhelen Gabriela Cuevas Jaramillo, Bárbara Italia Méndez Moreno, Angélica Patricia Torres Linares y Claudia Hernández Martínez. *

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