asesinado en 1978. El 2 de junio de 2021, luego de inscribirse como precandidata presidencial del partido Ciudadanos por la Libertad (CxL), fue inhabilitada6 y el 6 de agosto, el Consejo Supremo Electoral determinó la cancelación de la personería jurídica de su partido. La señora Chamorro también era presidenta de la Fundación Violeta Barrios de Chamorro, fundada por la ex presidenta de Nicaragua, la cual tuvo que cerrar sus actividades como consecuencia de la aplicación de la Ley de Regulación de Agentes Extranjeros. La señora Cristiana Chamorro Barrios, fue detenida en su casa de habitación el 2 de junio de 2021 y, posteriormente, acusada por los delitos de lavado de dinero, bienes y activos, falsedad ideológica y gestión abusiva, y apropiación y retención indebida. De acuerdo con la Comisión, desde entonces permanece en detención domiciliaria. Además, está incomunicada y su casa permanece rodeada de policías. La Comisión otorgó medidas cautelares en su favor el favor el 24 de junio de 2021 7. Pedro Joaquín Chamorro Barrios tiene 70 años de edad, es hermano de la señora Cristiana María Chamorro Barrios. Fue embajador en Taiwán, ministro de Defensa del Ejército de Nicaragua y escribía una columna en el diario La Prensa una vez a la semana. Además, se desempeñaba como miembro directivo de la Fundación Violeta Barrios de Chamorro y participaba en las reuniones del partido político Ciudadanos por la Libertad (CxL). Según informó la Comisión, fue detenido el 25 de junio de 2021 y desde entonces permanece privado de su libertad8. La Corte observa que la Comisión no habría otorgado medidas cautelares de forma previa al señor Barrios Chamorro. No obstante, sometió su situación directamente al conocimiento de la Corte, en atención a la situación de riesgo en la que se encuentra9. Walter Antonio Gómez Silva y Marcos Antonio Fletes Casco eran el administrador financiero y contador general de la Fundación Violeta Barrios de Chamorro, Cfr. El País, El régimen de Ortega bloquea la candidatura de Cristiana Chamorro a la presidencia de Nicaragua, 1 de junio de 2021. Disponible en: https://elpais.com/internacional/2021-06-02/el-regimen-deortega-bloquea-la-candidatura-opositora-de-cristiana-chamorro.html 6 Cfr. Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Resolución No. 49/21. MC-480-21- Cristiana María Chamorro Barrios y otros, Nicaragua, 24 de junio de 2021. Disponible en: http://www.oas.org/es/cidh/decisiones/mc/2021/res_49-21_mc_480-21_ni_es.pdf. De acuerdo con la Comisión, al adoptar tales medidas cautelares, tomó en consideración los siguientes hechos: “[…] ii) El 2 de junio de 2021, las autoridades estatales habrían allanado la casa de Cristiana Chamorro Barrios, donde permanecería encerrada, sin poder salir al exterior de la misma y estando totalmente incomunicada y vigilada a tiempo completo por agentes policiales que permanecen dentro de la propiedad; iii) Se advirtió que la falta de acceso a sus familiares y abogados a las personas detenidas puede incrementar su situación de vulnerabilidad, en la medida que permanecen en un estado de indefensión ante posibles incidentes o circunstancias que pongan en peligro sus derechos […]”. 7 Cfr. República de Nicaragua. Policía Nacional. Relaciones Públicas. Nota de Prensa No. 169-2021. La Nota de Prensa señala: “El día de hoy viernes 25 de junio de 2021, fue detenido el ciudadano PEDRO JOAQUÍN CHAMORRO BARRIOS, quien está siendo investigado, por realizar actos que menoscaban la independencia, la soberanía, y la autodeterminación, incitar a la injerencia extranjera en los asuntos internos, pedir intervenciones militares, organizarse con financiamiento de potencias extranjeras para ejecutar actos de terrorismo y desestabilización, proponer y gestionar bloqueos económicos, comerciales y de operaciones financieras en contra del país y sus instituciones, demandar, exaltar y aplaudir la imposición de sanciones contra el Estado de Nicaragua y sus ciudadanos, y lesionar los intereses supremos de la nación, de conformidad con el artículo 1 de la Ley No. 1055 ‘Ley de Defensa de los Derechos del pueblo a la Independencia, la Soberanía y Autodeterminación para la Paz’” (expediente de prueba, folio 1165). 8 Sobre este asunto, la Comisión manifestó en la solicitud de ampliación de medidas provisionales presentada el 29 de octubre, lo siguiente: “[…] Del mismo modo, se encuentran en riesgo las personas integrantes de sus núcleos de familiares, en tanto pueden ser objeto de represalias por su vinculación familiar y las acciones que realicen para demandar justicia por el actuar del Estado. En ese sentido, la Comisión decide incluir de manera individualizada la situación del hermano de la señora Chamorro, Pedro Joaquín Chamorro Barrios, quien ha sido detenido y puesto en incomunicación en circunstancia fácticas similares al resto de detenidos en el actual contexto”. 9

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