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pueda ocurrir para evitar interrupciones en el servicio y garantizar su derecho a la salud y
vida”. Además, reiteraron la necesidad de que la atención sea oportuna, de calidad y con
calidez. Por otra parte, en sus alegatos finales escritos, solicitaron que se tomen en cuenta las
recomendaciones hechas por la perita Diana Murcia, quien indicó que “es necesario que Talía y
su familia ingrese[n] a un proceso terapéutico por lo menos de ocho meses, mínimo de tres
sesiones al mes”, así como la realización de una evaluación posterior al proceso terapéutico
para determinar si es necesario prolongar la terapia o cambiar el enfoque. Respecto de las
afectaciones de salud sufridas por Teresa e Iván Lluy, los representantes solicitaron reparación
en el marco de las indemnizaciones compensatorias.
354. El Estado manifestó que posee política pública vinculada al tratamiento del VIH de
manera efectiva, por lo que la solicitud hecha por los representantes “carece de
fundamento”. Además, señaló que las acciones llevadas a cabo respecto al tratamiento del
VIH se sustentan en parámetros establecidos por organismos internacionales. Por otra parte,
informó que en las provincias de Azuay y Cañar existen trece centros que brindan servicios
de calidad en salud, y reiteró que “espera que Talía […] continúe atendiéndose en el
[h]ospital público Homero Castanier” bajo el cuidado de un doctor especialista en la rama de
medicina interna y responsable del Programa de VIH en dicho hospital. Asimismo, “invit[ó] a
Talía Gonzales, su madre y hermano a utilizar los servicios de salud del Ecuador, de los
diferentes [h]ospitales y [c]entros de [s]alud pública”. Por otro lado, durante la audiencia
pública el Estado manifestó que, si la Corte declara la responsabilidad estatal, “continuará
con el protocolo integral de salud que ha venido dando[,] e implementará el manejo
ambulatorio del mismo, con acceso al tratamiento antirretroviral necesario y otorgamiento de
apoyo psicológico y asistencia social a Talía y su madre, en las instituciones de la red pública
de salud en las distintas especialidades y niveles de atención”.
355. La Corte nota lo informado por los representantes en la solicitud de Medidas
Provisionales presentada dentro del proceso, en el sentido de que desde el mes de mayo de
2014 hasta la fecha Talía ha venido recibiendo atención médica en el hospital de Azogues,
perteneciente a la red pública de salud del Ecuador. Los representantes señalaron que durante
este período su salud se ha estado deteriorando, y su conteo de células CD4 ha disminuido con
rapidez374. Según los representantes, la medicina que le otorgan en la red pública “no hace que
[su] salud mejore, n[i] se mantengan bien [sus] defensas”. Por ello, los representantes
solicitaron que se nombre una comisión de alto nivel, conformada por personas de confianza de
Talía, para que puedan determinar las condiciones necesarias para que su salud se restablezca,
y que el Estado “corra con todos los gastos erogados para la atención emergente de salud de
Talía”.
356.
Al respecto, la Comisión “expres[ó] su profunda preocupación por la información
presentada por [los] representante[s] en cuanto [a] la situación precaria de salud,
específicamente la disminución progresiva y acelerada de las defensas de Talía”, y observó que
su salud, vida e integridad personal “están seriamente amenazadas”. Por ello, resaltó la
importancia de que la Corte “establezca la necesidad de que el Estado provea
inmediatamente a la beneficiaria el tratamiento antir[r]etroviral específico que requiere
según su situación concreta de salud, a través de los medios públicos o privados que los
ofrezcan”.
374
De acuerdo con la información aportada por los representantes, antes de que Talía fuera atendida en el
hospital público de Azogues su conteo de células CD4 se encontraba en 518. Para el 5 de noviembre de 2014, fecha
en la cual ya se encontraba bajo la atención del hospital público, su conteo bajó a 366, lo cual, señalaron, fue
descrito como normal por el médico tratante del hospital. El 20 de mayo de 2015, su conteo de células CD4 se
encontraba en 256, y el 13 de julio de 2015 bajó a 171.