115 material abarca “la pérdida o detrimento de los ingresos de las víctimas, los gastos efectuados con motivo de los hechos y las consecuencias de carácter pecuniario que tengan un nexo causal con los hechos del caso421. 408. De la documentación aportada la Corte nota que, en la declaración rendida ante fedatario público, Teresa Lluy señaló que “perd[ió] todo para solventar los gastos y atender las necesidades que tenía Talía por el VIH: consultas médicas, viajes para controles médicos, alimentación especial [y] medicamentos[. G]astaba alrededor de $500 a $1.500 mensuales”. Además, alegó que todos los gastos han corrido por su cuenta, que tiene juicios por mora pendientes y “amenazas de los chulqueros” para que pague sus deudas. Asimismo, indicó que actualmente gana aproximadamente US$ 100,00 al mes, producto de la venta informal de alimentos en la calle; y que requieren del apoyo económico de su hijo Iván. Por otra parte, Iván Lluy declaró que para afrontar los gastos de su familia tuvo que dejar la universidad y trabajar de mensajero, limpiando oficinas y de mesero, ya que “[l]as necesidades [l]os consumían y ninguna autoridad del Estado [l]os tomaba en cuenta”. Además, señaló que ha tenido que asumir todos los gastos para darle una buena alimentación y tratamiento adecuado a su hermana. Por último, Talía manifestó que su madre y hermano “se endeudaron y sacrificaron mucho para dar[l]e todo lo que necesit[a] para estar viva”. 409. La Corte constata que los representantes aportaron prueba de distintas deudas a nombre de Iván y Teresa Lluy422, así como de la demanda de juicio ejecutivo presentada por la Cooperativa de Ahorro y Crédito La Merced ante el Juzgado Civil de Cuenca 423. Asimismo, constan dentro del acervo probatorio recibos por exámenes médicos, suplementos alimenticios y transporte424. Sin embargo, sobre la base de la prueba existente en el expediente, la Corte 421 Cfr. Caso Bámaca Velásquez Vs. Guatemala, párr. 43, y Caso Rodríguez Vera y otros (“Desaparecidos del Palacio de Justicia”) Vs. Colombia, párr. 591. 422 Tabla de amortización de deudas activas a nombre de Iván Lluy por el monto de US$ 12.584,88 (expediente de prueba, folio 1193); extractos de créditos cancelados a nombre de Teresa Lluy en la Cooperativa Alfonso Jaramillo por el monto de US$ 84.590,00 (expediente de prueba, folios 1195 y 1196); créditos otorgados a Teresa Lluy por la Cooperativa de Ahorro y Crédito La Merced Ltda. por el monto de US$ 6.000,00 (expediente de prueba, folios 1197 a 1199); préstamo a nombre de Iván Lluy otorgado por la Cooperativa de Ahorro y Crédito “Juventud Ecuatoriana Progresista” Ltda. por el monto de US$ 5.000,00 (expediente de prueba, folio 1204); crédito en mora a nombre de Teresa Lluy otorgado por la Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Pequeña Empresa Gualaquiza por el monto de US$ 2.000,00 de deuda inicial, US$ 400.00 de deuda capital y US$ 60,92 de deuda interés (expediente de prueba, folio 1207); liquidación de préstamo hecho a Teresa Lluy por la Cooperativa “Alfonso Jaramillo León” por el monto de US$ 4060,00 (expediente de prueba, folio 1210); tabla de amortización de crédito a nombre de Teresa Lluy en Coopera Ltda. Ahorro y Crédito por el monto de US$ 2.953,98 (expediente de prueba, folio 1211), y deuda cancelada a nombre de Teresa Lluy en el Banco del Pacífico en el año 1999 por el monto de 2.600.000 sucres (expediente de prueba, folio 1212). 423 Demanda de juicio ejecutivo interpuesta por la Cooperativa de Ahorro y Crédito La Merced Ltda. para el pago de US$ 1.002,96 por concepto de dividendos vencidos, US$ 422,19 del saldo de la deuda, los intereses de mora calculados al máximo legal y las costas procesales. La cuantía del ejecutivo fue establecida en US$ 10.000,00 (expediente de prueba, folio 1200). 424 Recibo de exámenes médicos realizados por International Laboratories Services Interlab S.A. a nombre de Talía Gonzales por la suma de US$ 489,44 (expediente de prueba, folio 1214); recibos de transporte de la empresa Ejecutivo San Luis de Transportes S.A. con destino Cuenca-Guayaquil para dos adultos de fechas 2 y 3 de abril de 2014 por la suma de US$ 16,00 cada uno (expediente de prueba, folios 1214 y 1217); recibo de transporte de la Cooperativa de Transportes “S.A.N.T.A” a nombre de Teresa Lluy con destino Quito-Cuenca de fecha 27 de julio de 2012 para dos adultos por la suma de US$ 18,00 (expediente de prueba, folio 1215); recibos de transporte de la Cooperativa de Transportes Flota IMBABURA a nombre de Teresa Lluy con destino Cuenca-Quito de fechas 26 de julio de 2012 y 14 de febrero y 1 de agosto de 2013 para dos adultos por la suma de US$ 24,00 cada uno (expediente de prueba, folios 1215 y 1216), y recibo de transporte de la Cooperativa de Transportes “Turismo Oriental” con destino Quito-Cuenca de fecha 15 de junio de 2011 para dos adultos por la suma de US$ 28,00 (expediente de prueba, folio 1216). Respecto de los suplementos alimenticios, presentaron facturas de Omnilife de fechas 4 y 23 de marzo de 2005 por el monto de US$ 707,40 y US$ 710,95; 15 de octubre de 2007 por el monto de US$ 195,89; 24 de noviembre y 17 de diciembre de 2007 por el monto de US$ 184,43 y US$ 201,43; 10 de abril de

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