115
material abarca “la pérdida o detrimento de los ingresos de las víctimas, los gastos efectuados
con motivo de los hechos y las consecuencias de carácter pecuniario que tengan un nexo
causal con los hechos del caso421.
408. De la documentación aportada la Corte nota que, en la declaración rendida ante
fedatario público, Teresa Lluy señaló que “perd[ió] todo para solventar los gastos y atender las
necesidades que tenía Talía por el VIH: consultas médicas, viajes para controles médicos,
alimentación especial [y] medicamentos[. G]astaba alrededor de $500 a $1.500 mensuales”.
Además, alegó que todos los gastos han corrido por su cuenta, que tiene juicios por mora
pendientes y “amenazas de los chulqueros” para que pague sus deudas. Asimismo, indicó que
actualmente gana aproximadamente US$ 100,00 al mes, producto de la venta informal de
alimentos en la calle; y que requieren del apoyo económico de su hijo Iván. Por otra parte,
Iván Lluy declaró que para afrontar los gastos de su familia tuvo que dejar la universidad y
trabajar de mensajero, limpiando oficinas y de mesero, ya que “[l]as necesidades [l]os
consumían y ninguna autoridad del Estado [l]os tomaba en cuenta”. Además, señaló que ha
tenido que asumir todos los gastos para darle una buena alimentación y tratamiento adecuado
a su hermana. Por último, Talía manifestó que su madre y hermano “se endeudaron y
sacrificaron mucho para dar[l]e todo lo que necesit[a] para estar viva”.
409. La Corte constata que los representantes aportaron prueba de distintas deudas a
nombre de Iván y Teresa Lluy422, así como de la demanda de juicio ejecutivo presentada por la
Cooperativa de Ahorro y Crédito La Merced ante el Juzgado Civil de Cuenca 423. Asimismo,
constan dentro del acervo probatorio recibos por exámenes médicos, suplementos alimenticios
y transporte424. Sin embargo, sobre la base de la prueba existente en el expediente, la Corte
421
Cfr. Caso Bámaca Velásquez Vs. Guatemala, párr. 43, y Caso Rodríguez Vera y otros (“Desaparecidos del
Palacio de Justicia”) Vs. Colombia, párr. 591.
422
Tabla de amortización de deudas activas a nombre de Iván Lluy por el monto de US$ 12.584,88
(expediente de prueba, folio 1193); extractos de créditos cancelados a nombre de Teresa Lluy en la Cooperativa
Alfonso Jaramillo por el monto de US$ 84.590,00 (expediente de prueba, folios 1195 y 1196); créditos otorgados a
Teresa Lluy por la Cooperativa de Ahorro y Crédito La Merced Ltda. por el monto de US$ 6.000,00 (expediente de
prueba, folios 1197 a 1199); préstamo a nombre de Iván Lluy otorgado por la Cooperativa de Ahorro y Crédito
“Juventud Ecuatoriana Progresista” Ltda. por el monto de US$ 5.000,00 (expediente de prueba, folio 1204); crédito
en mora a nombre de Teresa Lluy otorgado por la Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Pequeña Empresa
Gualaquiza por el monto de US$ 2.000,00 de deuda inicial, US$ 400.00 de deuda capital y US$ 60,92 de deuda
interés (expediente de prueba, folio 1207); liquidación de préstamo hecho a Teresa Lluy por la Cooperativa “Alfonso
Jaramillo León” por el monto de US$ 4060,00 (expediente de prueba, folio 1210); tabla de amortización de crédito a
nombre de Teresa Lluy en Coopera Ltda. Ahorro y Crédito por el monto de US$ 2.953,98 (expediente de prueba,
folio 1211), y deuda cancelada a nombre de Teresa Lluy en el Banco del Pacífico en el año 1999 por el monto de
2.600.000 sucres (expediente de prueba, folio 1212).
423
Demanda de juicio ejecutivo interpuesta por la Cooperativa de Ahorro y Crédito La Merced Ltda. para el
pago de US$ 1.002,96 por concepto de dividendos vencidos, US$ 422,19 del saldo de la deuda, los intereses de
mora calculados al máximo legal y las costas procesales. La cuantía del ejecutivo fue establecida en US$ 10.000,00
(expediente de prueba, folio 1200).
424
Recibo de exámenes médicos realizados por International Laboratories Services Interlab S.A. a nombre de
Talía Gonzales por la suma de US$ 489,44 (expediente de prueba, folio 1214); recibos de transporte de la empresa
Ejecutivo San Luis de Transportes S.A. con destino Cuenca-Guayaquil para dos adultos de fechas 2 y 3 de abril de
2014 por la suma de US$ 16,00 cada uno (expediente de prueba, folios 1214 y 1217); recibo de transporte de la
Cooperativa de Transportes “S.A.N.T.A” a nombre de Teresa Lluy con destino Quito-Cuenca de fecha 27 de julio de
2012 para dos adultos por la suma de US$ 18,00 (expediente de prueba, folio 1215); recibos de transporte de la
Cooperativa de Transportes Flota IMBABURA a nombre de Teresa Lluy con destino Cuenca-Quito de fechas 26 de
julio de 2012 y 14 de febrero y 1 de agosto de 2013 para dos adultos por la suma de US$ 24,00 cada uno
(expediente de prueba, folios 1215 y 1216), y recibo de transporte de la Cooperativa de Transportes “Turismo
Oriental” con destino Quito-Cuenca de fecha 15 de junio de 2011 para dos adultos por la suma de US$ 28,00
(expediente de prueba, folio 1216). Respecto de los suplementos alimenticios, presentaron facturas de Omnilife de
fechas 4 y 23 de marzo de 2005 por el monto de US$ 707,40 y US$ 710,95; 15 de octubre de 2007 por el monto de
US$ 195,89; 24 de noviembre y 17 de diciembre de 2007 por el monto de US$ 184,43 y US$ 201,43; 10 de abril de
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