2
Y [resolvió]:
1.
Requerir al Estado que adopte todas las medidas que sean necesarias para dar efecto
y pronto cumplimiento a los puntos pendientes de cumplimiento que fueron ordenados por el
Tribunal en la Sentencia de fondo, reparaciones y costas de 25 de noviembre de 2003 y en la
[…] Resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68.1 de la Convención
Americana sobre Derechos Humanos.
2.
Solicitar al Estado que presente a la Corte Interamericana, a más tardar el 30 de
enero de 2006 un informe detallado en el cual indique las medidas adoptadas para cumplir
con las reparaciones ordenadas por esta Corte que se encuentran pendientes de
cumplimiento, de conformidad con lo señalado en el Considerando décimo quinto y en el
punto declarativo segundo de la […] Resolución.
3.
Solicitar a los representantes de la víctima y sus familiares y a la Comisión
Interamericana que presenten sus observaciones al informe del Estado mencionado en el
punto resolutivo anterior, en el plazo de cuatro y seis semanas, respectivamente, contado a
partir de la recepción del informe.
4.
Continuar supervisando los puntos pendientes de cumplimiento de la Sentencia de
fondo, reparaciones y costas dictada por este Tribunal.
[…]
3.
El informe del Estado de Guatemala (en adelante “Guatemala” o “el Estado”) presentado
el 8 de noviembre de 2005, mediante el cual remitió información sobre el estado de
cumplimiento de la Sentencia, y señaló que “en aras de dar cumplimiento […], realizó los actos
de [d]esignación de calle y develación de Placa” en memoria de Myrna Mack Chang. Indicó que
dichos actos se realizaron los días 11 y 12 de septiembre de 2005. Asimismo, el Estado informó
que en estos eventos se contó con la presencia de representantes de la familia Mack Chang, de
la iglesia católica, de la Asociación para el Avance de las Ciencias Sociales (en adelante
“AVANCSO”) y del Estado.
4.
El escrito de observaciones de los representantes de la víctima y sus familiares (en
adelante “los representantes”) de 15 de diciembre de 2005, en el cual indicaron que:
“efectivamente el día 11 de septiembre [de 2005] se designó a la 12 calle entre 12 y 13
avenidas de la zona uno capitalina, con el nombre de Myrna Mack. El 12 del mismo mes se
colocó la placa conmemorativa en la nueva sede de AVANCSO. Estas actividades se
desarrollaron coordinadamente con la familia Mack Chang”.
5.
que:
El informe del Estado de 26 de septiembre de 2006, mediante el cual señaló, inter alia,
a)
la Comisión Presidencial Coordinadora de la Política del Ejecutivo en materia de
Derechos Humanos (en adelante “COPREDEH”) solicitó al Ministerio de Gobernación
información sobre las acciones que se han llevado a cabo tanto a nivel nacional como
internacional, por parte de las autoridades competentes, para establecer el paradero de
Juan Valencia Osorio y poder hacer efectiva la orden de aprehensión que se encuentra
pendiente en su contra;
b)
se elaboró un proyecto de reforma de diez artículos de la Ley de Amparo,
Exhibición Personal y de Constitucionalidad que la Corte Suprema de Justicia presentó al
Congreso de la República de Guatemala en agosto del año 2005 (Decreto No. 1-86 de la
Asamblea Nacional Constituyente). Con estas reformas se pretende evitar el abuso en
el uso de los referidos recursos para obstaculizar el avance de un proceso judicial. El 9
de agosto de 2006 el Congreso de la República conoció en segunda lectura la propuesta
de reforma de esta ley;
c)
respecto a los cursos de formación de los miembros de las fuerzas armadas y de
la policía, remitió información sobre los contenidos de los cursos de formación básica
que se imparte en la Academia de la Policía Nacional; y
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