CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS CASO DE LA MASACRE DE LAS DOS ERRES VS. GUATEMALA∗ SENTENCIA DE 24 DE NOVIEMBRE DE 2009 (Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas) En el Caso de la Masacre de Las Dos Erres, La Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte”, “la Corte Interamericana” o “el Tribunal”), integrada por los siguientes jueces: Cecilia Medina Quiroga, Presidenta; Diego García-Sayán, Vicepresidente; Sergio García Ramírez, Juez; Manuel E. Ventura Robles, Juez; Margarette May Macaulay, Jueza; Rhadys Abreu Blondet, Jueza; y Ramón Cadena Rámila, Juez ad hoc; presentes además, Emilia Segares Rodríguez, Secretaria Adjunta; de conformidad con los artículos 62.3 y 63.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en adelante “la Convención” o “la Convención Americana”) y con los artículos 30, 32, 38, 59, 60 y 61 del Reglamento de la Corte (en adelante “el Reglamento”)∗∗, dicta la presente Sentencia. I INTRODUCCIÓN DE LA CAUSA Y OBJETO DE LA CONTROVERSIA 1. El 30 de julio de 2008, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 51 y 61 de la Convención Americana, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ∗ Por razones de fuerza mayor, el Juez Leonardo A. Franco no participó en la deliberación y firma de la presente Sentencia. Asimismo, el Secretario de la Corte Pablo Saavedra Alessandri por razones de fuerza mayor no estuvo presente en la decisión del caso. ∗∗ Conforme a lo dispuesto en el artículo 72.2 del Reglamento de la Corte Interamericana que entró en vigor el 24 de marzo de 2009, “[l]os casos en curso se continuarán tramitando conforme a este Reglamento, con la excepción de aquellos casos en que se haya convocado a audiencia al momento de entrada en vigor del presente Reglamento, los cuales seguirán tramitándose conforme a las disposiciones del Reglamento anterior”. De ese modo, el Reglamento de la Corte mencionado en la presente Sentencia corresponde al instrumento aprobado por el Tribunal en su XLIX Período Ordinario de Sesiones celebrado del 16 a 25 de noviembre de 2000 y reformado parcialmente por la Corte en su LXXXII Período Ordinario de Sesiones, celebrado del 19 a 31 de enero de 2009.